Resolución 1.016/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2010

Martes 28 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.996 52

ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, SCHUTTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, WINTER SERVICE SOCIEDAD ANONIMA, al cual adhieren las empresas TRUST CONTROL INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA, INTERTEK TESTING SERVICES SOCIEDAD ANONIMA, CONTROL INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA y la CAMARA GREMIAL DE RECIBIDORESY ENTREGADORES DE CEREALES, OLEAGINOSAS, Y AFINES DE LA BOLSA DE CEREALES DE BUENOS AIRES (CGREC), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 1088/1093, 1093 vuelta del Expediente N'º1.198.718/06.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artÃculo 245 de la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N'º407/05.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º1.198.718/06

Buenos Aires, 2 de agosto de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º1053/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1088/1093 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1095/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente N'º1.198.718/06

En la Ciudad de Buenos Aires, a los ocho dÃas del mes de julio de dos mil diez siendo las 11.30hs, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL —Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo— Departamento de Relaciones Laborales N'º2, por ante mà Lic. Marta B. BRISA - Secretaria de Conciliación y presidente de la Comisión Negociadora constituida mediante DISPOSICION DNRT N'º49 de fecha 24/04/09 obrante a fs.790/793, en el marco de la CCT 407/05 para la actividad granaria exportadora - los miembros paritarios integrantes de la misma: por la UNION RECIBIDORES DE GRANOS Y ANEXOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (URGARA) los señores Pablo H. PALACIO - Secretario Gremial, Pablo SOLANAS - Secretario Adjunto Seccional Rosario y Mario CAMAÑO - Delegado Regional, patrocinados por el Dr. AgustÃn GOMEZ DI NARDO.

Y por la otra parte la CAMARA GREMIAL DE RECIBIDORES Y ENTREGADORES DE CEREALES,

OLEAGINOSAS Y AFINES DE LA BOLSA DE CEREALES DE BUENOS AIRES (CGREC) llamado NO COMPARECE. Por las empresas CONTROL INTERNATIONAL SOCIEDAD ANONIMA - llamado NO COMPARECE estando fehacientemente notificado. Por BUREAU VERITAS ARGENTINA S.A., el Dr. Federico CASTRO NEVARES. Por CONTROL UNION ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA el señor Sebastián MENDIVE - Por H.L. CONTROL SERVICE SOCIEDAD ANONIMA señor Hugo MARTINEZ CORTES- Por S.G.S. Dr. Luis RAMIREZ BOSCO y señor Fernando LOPEZ BALASTEGUI - Por TRUST CONTROL INTERNATIONAL S.A., a fs.1030 expte. 1378640/10 expresan que no concurrirán a la presente negociación, prestando conformidad a lo que se acuerde. Por INTERTEK TESTING SERVICES SOCIEDAD ANONIMA llamado NO COMPARECE, estando fehacientemente notificado -. Por COTECNA INSPECCION ARGENTINA S.A. Roberto ZUCCHI- Por INSPECTORATE ARGENTINA S.A. llamado NO COMPARECE, habiendo comunicado (en audiencia anterior) la imposibilidad de concurrir a esta audiencia. Por SCHUTTER ARGENTINA S.A. señor Christian SOODING y por WINTER - SERVICE S.A. señor Martiniano LEGUIZAMON.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y teniendo en cuenta las múltiples audiencias celebradas, el rechazo formulado por el gremio al ofrecimiento salarial empresario fundamentando que el mismo ya ha sido otorgado por la mayorÃa de las empresas a cuenta de futuros aumentos.

La petición de URGARA de fijación de turnos, fundamentando en audiencia anterior del 25/06/10 acta fs.1059/1062, rechazada por la parte empresaria. La EXHORTACION formulada nuevamente por esta SecretarÃa en virtud del estancamiento en la presente negociación, de acercar posiciones con la mejor voluntad, para intentar lograr consenso, garantizando la paz social, en resguardo de los intereses de ambas, por ello se requiere manifiesten a continuación.

Asimismo se deja constancia que los salarios anteriores son los obrantes en acta audiencia de fecha 6/06/2008 de fs.523/527, vigencia 01/05/2008 al 01/03/2009. Posteriormente por acuerdo fs.928/931 se estableció jornada de 6 horas a...

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