Resolución 1/2020
Fecha de publicación | 09 Enero 2020 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR |
Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2020
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; el Procedimiento G-CLASE II y III-03: “Gestión de Licencias de Operación para Instalaciones Radiactivas Clase II”, Revisión 4; lo actuado en el Expediente N° 02421-00 Actuación N° 01/19, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda Persona Física o Jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que la UNIVERSIDAD MAIMÓNIDES ha solicitado a esta ARN la renovación de la Licencia de Operación de la Instalación Clase II, para el Propósito 3.8.1 - “Usos experimentales o no comunes de radioisótopos o radiaciones ionizantes en animales”.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES MÉDICAS recomiendan dar curso favorable al trámite de solicitud de Renovación de Licencia de Operación que integra el Acta N° 417 de dicha Subgerencia, por cuanto se ha verificado que la instalación correspondiente y el personal mínimo de la UNIVERSIDAD MAIMÓNIDES se ajustan a los requerimientos de la normativa de aplicación.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de la Tasa Regulatoria.
Que conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS, SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA, la UNIVERSIDAD MAIMÓNIDES registra deuda en concepto de pago de Tasa Regulatoria.
Que el otorgamiento de una Licencia de Operación para el uso de radioisótopos a un usuario de material radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de la Tasa Regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada normativa.
Que, en el marco del Proyecto BNCT, la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) está llevando a cabo en forma conjunta con la UNIVERSIDAD MAIMÓNIDES el Protocolo de Investigación “Potencial terapéutico de la terapia por...
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