Resolución General 2739/2009

Fecha de publicación24 Diciembre 2009
Fecha de disposición24 Diciembre 2009
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31808
Art. 4º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Alvaro D. Ruiz. -- Alejandro Senyk. -- Julieta Barry. -- Mario Burgueño Hoesse. -- Abel F. Guerrieri. -- Guillermo Gianassi.

-- Jorge Herrera. -- Ramón Ayala.

Administración Federal de Ingresos Públicos FACTURACION Resolución General 2739

Procedimiento. Impuestos varios. Determinación e ingreso de retenciones y percepciones. Sistema de Control de Retenciones (SICORE). Resolución General Nº 2233, su modificatoria y complementaria. Nueva versión del programa aplicativo.

Bs. As., 18/12/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10072-185-2009 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General Nº 2233 su modificatoria y complementaria, se estableció el procedimiento que deben observar los agentes designados a los fines de informar e ingresar las retenciones y/o percepciones practicadas, conforme a las disposiciones previstas para determinados regímenes e impuestos.

Que razones de administración tributaria hacen necesario efectuar adecuaciones al programa aplicativo que debe ser utilizado para cumplir con las mencionadas obligaciones, por lo que corresponde aprobar una nueva versión del mismo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 11 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º

Los contribuyentes y responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General Nº 2233, su modificatoria y complementaria, a efectos de cumplir con las obligaciones de información e ingreso de las retenciones y/o percepciones que efectúen, deberán utilizar el programa aplicativo denominado 'SICORE SISTEMA DE CONTROL DE RETENCIONES - Versión 8.0', cuyas características, funciones y aspectos técnicos para su uso, se especifican en el Anexo de esta resolución general.

El referido programa se encuentra disponible en el sitio 'web' de este Organismo (http://www.

afip.gob.ar).

Art. 2º

Las declaraciones juradas originarias o rectificativas que se presenten a partir de la fecha indicada en el Artículo 4º, se deberán confeccionar utilizando la versión del programa que se aprueba por esta resolución general.

Art. 3º

El formulario de declaración jurada Nº 744 --mensual o, en su caso, semestral-generado por el citado programa aplicativo, se presentará únicamente mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio 'web' institucional, conforme al procedimiento establecido en la Resolución General Nº 1345, sus...

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