Resolución General 3032/2011

Fecha de la disposición 9 de Febrero de 2011

Miércoles 9 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.088 19

Régimen Formulario Códigos Diferencia a ingresar Por titular Por cada integrante del grupo familiar primario Servicio Doméstico F. 575 302-895-895 $13,25 $21.Art. 4'º —' RegÃstrese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Ricardo Echegaray.

% 19 % % 19 % Administración Federal de Ingresos Públicos SISTEMA GENERAL DE RECAUDACION BANCARIA Resolución General 3032

Procedimiento. Arancelamiento de servicios. Incorporación al Sistema General de Recaudación Bancaria “OSIRIS”. Su implementación.

Bs. As., 27/1/2011

VISTO la Actuación SIGEA N'º' 10072-157-2010 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:

Que la Disposición N'º' 115 del 25 de febrero de 1998 y su modificatoria, estableció los aranceles que deberán abonarse por la tramitación y contestación de oficios, asà como para las solicitudes de informes realizadas por terceros ante esta Administración Federal.

Que con el objeto de facilitar el ingreso de dichos aranceles, resulta oportuno sustituir el procedimiento manual vigente por el Sistema General de Recaudación Bancaria denominado “OSIRIS”, asà corno posibilitar su cancelación mediante transferencia electrónica de fondos.

Que para facilitar la lectura e interpretación de las normas, se considera conveniente la utilización de notas aclaratorias y citas de textos legales, con números de referencia, explicitados en el Anexo I.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos JurÃdicos, de Coordinación Técnico Institucional, de Recaudación, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el ArtÃculo 7'º del Decreto N'º' 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Los contribuyentes, responsables y demás sujetos que realicen trámites ante esta Administración Federal por los que corresponda pagar aranceles o efectuar ingresos no tributarios, deberán observar las disposiciones que se establecen en esta resolución general.

Art. 2

'º â El ingreso de los aranceles y de los demás...

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