Resolución 1579/2009
Fecha de disposición | 23 Febrero 2010 |
Fecha de publicación | 23 Febrero 2010 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31850 |
instrumentation | Resoluciones |
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1577/2009
Registro Nº 1355/2009
Bs. As., 13/11/2009
VISTO el Expediente Nº 365.796/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Queafojas4/5delExpedienteNº366.925/08,agregadoalExpedienteNº 365.796/07comofoja73, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIASY AFINES, el SINDICATO REGIONAL DE OBREROS PANADEROS DE RIO CUARTO, el SINDICATO DE PANADEROS DE SAN FRANCISCO y el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS Y AFINES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el mentado acuerdo, las partes pactan el pago de sumas no remunerativas para todas las categorías del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 321/99, conforme surge de los términos del texto pactado.
Que es dable reiterar, la firme decisión de esta Autoridad Laboral de propugnar a que en forma paulatina aquellas sumas de dinero que se perciben como no remunerativas sean transformadas a remunerativas, en procura de un mayor beneficio para los trabajadores afectados.
Que es dable indicar que tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación del Acuerdo, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de las entidades signatarias del mismo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por eI Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:
Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES, el SINDICATO REGIONAL DE OBREROS PANADEROS DE RIO CUARTO, el SINDICATO DE PANADEROS DE SAN FRANCISCO y eI CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS Y AFINES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, que luce a fojas 4/5 del Expediente Nº 366.925/08, agregado al Expediente Nº 365.796/07 como foja 73, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 4/5 del Expediente Nº 366.925/08, agregado al Expediente Nº 365.796/07 como foja 73.
Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, gírese a la Dirección General Asuntos Jurídicos para la prosecución de su trámite.
Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 365.796/07
Buenos Aires, 17 de noviembre de 2009
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1577/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4/5 del expediente 366.925/08, agregado como fojas 73 al expediente de referencia, quedando registrado con el número 1355/09. -- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro,
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