Resolución 150/2010

Fecha de disposición19 Febrero 2010
Fecha de publicación19 Febrero 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31847

GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 2, a partir del día 10 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 3, a partir del día 11 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 4, a partir del día 12 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 7, a partir del día 17 de marzo de 2010

GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 8, a partir del día 18 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 9, a partir del día 19 de marzo de 2010.

  1. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas y el 022-022, superen la suma de PESOS UN MIL CATORCE ($ 1.014,00):

GRUPO DE PAGO 16: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 22 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 17: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 23 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 18: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 25 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 19: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 26 de marzo de 2010.

GRUPO DE PAGO 20: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de marzo de 2010.

Art. 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Diego L. Bossio.

resultan acordes con la defensa del trabajo decente y la producción, en la medida que atender a los riesgos en el trabajo contribuye a redistribuir el bienestar, propendiendo a que nadie se lesione o pierda la vida en el lugar donde concurre para ganar su sustento.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL propicia el dictado del presente pronunciamiento.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:

Artículo 1º

Declárase de interés nacional a la 'VII Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo', cuyo programa se desarrollará en las ciudades de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Neuquén, Rosario, San Juan, San Luis y Salta, los días 27 y 28 de abril de 2010.

Art. 2º

La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º

Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Oscar I. J. Parrilli.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 5/2010

Prórroga habilitación aduanera provisoria Puerto del Guazú S.A.

Bs. As., 12/2/2010

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12492-252-2007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT Nº 30-70832657-3), solicita una nueva prórroga de la habilitación aduanera otorgada mediante Resolución Nº 91/2009 (DGA) para la atención aduanera del sector de atraque correspondiente al puerto particular de esa empresa, ubicado sobre la margen izquierda del Río PARANÁ GUAZÚ a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú.

Que se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la habilitación provisoria otorgada, atento estar en trámite la habilitación definitiva del puerto por parte de la Secretaría de Transporte (Expediente Nº...

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