Resolución 2/2010

Fecha de la disposición15 de Febrero de 2010

Que, a tal efecto, estableció que las referidas contrataciones serán aprobadas por el señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en los casos de nuevos contratos cuya retribución mensual supere la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700).

Que de acuerdo a lo establecido en la normativa mencionada, al suscripto le corresponde aprobar los contratos superiores a la suma indicada celebrados en el ámbito de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 32/05

SGN, que establece el marco para la contratación de personal por tiempo determinado, con percepción de una retribución por sus servicios sujeta a las correspondientes deducciones impositivas, previsionales y de seguridad social.

Que las personas mencionadas en el Anexo a la presente comenzaron a desempeñarse en forma efectiva a partir de la fecha que en cada caso se consigna.

Que el financiamiento de los contratos que se aprueban por la presente, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Entidad 109 - SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional del ejercicio financiero 2009.

Que ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto en el Decreto Nº 577/03 modificado por sus similares Nº 149/07 y Nº 1248/09.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Danse por aprobadas las contrataciones celebradas entre la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y las personas que se detallan en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida, por las unidades retributivas que se indican en el mismo.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Entidad 109 - SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I UNIDAD SINDICATURA GENERAL DE LA NACION APELLIDO Y NOMBRES Nº DE DOCUMENTO TRAMO/NIVEL/ GRADO DESDE HASTA AUDITORE, Sandra DNI 17.804.147 C I 1 01/03/2009 31/12/2009

CAT...

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