Resolución 7/2010

Fecha de la disposición20 de Enero de 2010

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral (Feed Lots), que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOCE CON SETENTA CENTAVOS ($ 5.674.012,70) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º

Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOCE CON SETENTA CENTAVOS ($ 5.674.012,70) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Juan M. Campillo.

ANEXO PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS S01-023221_2010

Nº EXPEDIENTE RAZON SOCIAL C.U.I.T C.B.U PERIODO 2009 Establecimiento enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre Localidad Provincia 1 15376772895

CAPPELLETTI OSCAR NAZARENO 20-06130645-6 191038335503830000169-6 172.356,28 149.704,13 154.256,17 BIGAND SANTA FE 2 24248444364

DOMINGUEZ HNOS S.R.L.

33-70818292-9 014037160170130064374-8 20.878,31 28.800,76 59.597,89 86.662,19 136.031,03 139.398,00 110.153,43 84.422,17 SAN MIGUEL DEL MONTE BS AS 3 14178780611

ORMAZABAL JORGE ANGEL 20-10574272-0 191029155512910140373-5 378.462,77 470.604,38 670.771,18 716.677,98 597.839,63 577.708,00 477.698,21 LINCOLN BUENOS AIRES 4 9114985875 MEANA ANA MARIA 27-11025298-1 011034633003460411562-9 4.294,49 3.798,82 4.652,10 3.828,66 GENERAL GUIDO BUENOS AIRES 5 23008225730 NEX SA 30-70834502-0 072038392000000000338-6 83.986,74 118.959,06 181.618,43 141.735,73 99.116,16 LOBOS BUENOS AIRES TOTAL 5.674.012,70 Secretaría de Energía COMBUSTIBLES Resolución 7/2010

Ratifícase el Acuerdo de Abastecimiento de Biodiesel para su Mezcla con Combustibles Fósiles en el Territorio Nacional del 20 de enero de 2010. Pautas a cumplir para el abastecimiento de Biodiesel al mercado de combustibles fósiles.

Bs. As., 4/2/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0033103/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.093 puso en marcha el Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles en el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA y estableció que los combustibles fósiles deberán ser mezclados con componente Biocombustible a partir del 1º de enero de 2010.

Que en virtud de lo establecido por el Artículo 2º del Decreto Nº 109 de fecha 9 de febrero de 2007, el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la SECRETARIA DE ENERGIA, ha sido instituido como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 26.093 --excepto en las cuestiones de índole tributaria o fiscal, para las cuales cumplirá el rol de Autoridad de Aplicación el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS--, en atención a la competencia técnica y funcional que dicho organismo posee en la materia, y las responsabilidades políticas de las medidas a adoptar en cada momento.

Que en razón de la importancia que conlleva la inserción de los biocombustibles al esquema energético del país, resulta necesario establecer pautas claras a cumplir que garanticen de manera eficiente y efectiva la consecución de los objetivos planteados desde el PODER EJECUTIVO NACIONAL, quien debe optimizar y aunar los esfuerzos para hacer frente a los desafíos de abastecimiento de energía que tiene el País en el marco de una economía en crecimiento.

Que a los fines de lo expuesto precedentemente, y según se desprende de los lineamientos de la Ley Nº 26.093 y el Decreto Nº 109 de fecha 9 de febrero de 2007, la Autoridad de Aplicación se encuentra facultada para promover Acuerdos con las empresas del sector, a efectos de obtener la colaboración de las mismas para el cumplimiento de los objetivos establecidos por la normativa vigente, en el marco del mencionado Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles.

Que en tal sentido, con fecha 20 de enero de 2010, se ha suscripto el ACUERDO DE ABASTECIMIENTO DE BIODIESEL PARA SU MEZCLA CON COMBUSTIBLES FOSILES EN EL TERRITORIO NACIONAL, entre esta SECRETARIA DE ENERGIA y empresas elaboradoras de BIODIESEL, a los fines de asumir un compromiso conjunto en la coordinación de las acciones que tengan como fin optimizar la implementación del Régimen referido precedentemente.

Que en el mencionado ACUERDO DE ABASTECIMIENTO DE BIODIESEL PARA SU MEZCLA CON COMBUSTIBLES FOSILES EN EL TERRITORIO NACIONAL, se estableció que el mismo comenzará a regir a partir de su ratificación por esta SECRETARIA DE ENERGIA, extendiéndose su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010 y pudiendo ser prorrogado automáticamente por un período.

Que por la presente se ratifica el ACUERDO DE ABASTECIMIENTO DE BIODIESEL PARA SU MEZCLA CON COMBUSTIBLES FOSILES EN EL TERRITORIO NACIONAL.

Que en forma complementaria a la ratificación que debe llevar a cabo esta SECRETARIA DE ENERGIA respecto al Acuerdo ut supra referido, y en ejercicio de las facultades derivadas del carácter de Autoridad de Aplicación que reviste dicho organismo, corresponden delinearse pautas específicas y obligatorias para todos los agentes del mercado, a los efectos de alcanzar de una manera eficiente y efectiva los objetivos establecidos por la normativa antes mencionada.

Que la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención en el marco de la Resolución Nº 2000 de fecha 19 de diciembre de 2005.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente resolución en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ley Nº 26.093 y el Artículo 3º del Decreto Nº 109 de fecha 9 de febrero de 2007.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA RESUELVE:

Artículo 1º

Ratifícase el ACUERDO DE ABASTECIMIENTO DE BIODIESEL PARA SU MEZCLA CON COMBUSTIBLES FOSILES EN EL TERRITORIO NACIONAL de fecha 20 de enero de 2010, suscripto entre esta SECRETARIA DE ENERGIA y empresas elaboradoras de BIODIESEL, que como ANEXO forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º

Establécese las pautas a cumplir para el abastecimiento de BIODIESEL al mercado de combustibles fósiles, en el marco del Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles en el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA creado por la Ley Nº 26.093, para todos los ámbitos exceptuando a los utilizados en las embarcaciones fluviales y marítimas, minería, combustibles de primer llenado, gas oil antártico, y otros usos con fines específicamente determinados que a entendimiento de la Autoridad de Aplicación no sean compatibles con el uso de Biocombustibles, las cuales tendrán vigencia desde el dictado de la presente medida hasta el 31 de diciembre del año 2010, y cuyo cumplimiento será obligatorio para las empresas encargadas de realizar las mezclas de combustibles fósiles con BIODIESEL y para las empresas elaboradoras de BIODIESEL.

Art. 3º

La Autoridad de Aplicación informará a las empresas encargadas de realizar las mezclas de combustibles fósiles con BIODIESEL, la cantidad de BIODIESEL asignado a cada una de ellas para realizar dicha mezcla y la fecha en la cual podrá ser retirado de las empresas elaboradoras de BIODIESEL, tomando como...

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