Resolución 1520/2009

Fecha de disposición02 Febrero 2010
Fecha de publicación02 Febrero 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31835

Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO Expediente Nº 544.052/09

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO SINDICATO OBRERO DE ESTACIONES DE SERVICIO,

GARAGES, PLAYAS Y LAVADEROS AUTOMATICOS --SANTA FE-c/ FEDERACION ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTA DEL INTERIOR CCT Nº 345/02

1/5/2009 $ 2.202,43 $ 6.607,29

Expediente Nº 544.052/09

Buenos Aires, 6 de noviembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1516/09 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 389/09 T. -JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1517/2009

Tope Nº 392/2009

Bs. As., 5/11/2009

VISTO el Expediente Nº 1.336.780/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1356 del 14 de octubre de 2009, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente Nº 1.346.832/09 agregado como foja 20 al principal, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector gremial y la CONGREGACION EVANGELICA ALEMANA, la CAMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUES PRIVADOS y la CORPORACION DEL CEMENTERIO BRITANICO DE BUENOS AIRES, por el sector empleador y ratificado por la COOPERATIVA DE TRABAJO DE CUIDADORES DE SEPULCROS LA UNION LIMITADA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 437/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T.

Nº 1356/09 y registrado bajo el Nº 1170/09, conforme surge de fojas 28/30 y 33, respectivamente.

Que a fojas 47/54, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR