Resolución 1526/2009

Fecha de disposición02 Febrero 2010
Fecha de publicación02 Febrero 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31835

Tope Nº 382/2009

Bs. As., 5/11/2009

VISTO el Expediente Nº 537.693/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1061 del 21 de agosto de 2009 y CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente Nº 538.402/07, agregado como foja 52 al Expediente Nº 537.693/06, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO UNIDOS PORTUARIOS ARGENTINOS PUERTO SAN LORENZO y la CAMARA DE ACTIVIDADES PORTUARIAS Y MARITIMAS DE ROSARIO, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Convenio Colectivo de Trabajo homologado por la Resolución S.T. Nº 1061/09 y registrado bajo el Nº 566/09, conforme surge de fojas 115/118 y 121, respectivamente.

Que a fojas 61 del Expediente Nº 537.693/06, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO UNIDOS PORTUARIOS ARGENTINOS PUERTO SAN LORENZO y la CAMARA DE ACTIVIDADES PORTUARIAS Y MARITIMAS DE ROSARIO, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo salarial homologado por la Resolución S.T.

Nº 1061/09 y registrado bajo el Nº 922/09, conforme surge de fojas 115/118 y 121, respectivamente.

Que a fojas 129/133, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que la presente se...

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