Resolución 23/2010

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición25 de Enero de 2010

Que advirtiendo que algunos de los artículos que no han sufrido modificaciones no se adecuan a la normativa vigente, se aplicará de pleno derecho la Ley 23.551 y su Decreto Reglamentario Nº 467/88 sobre las normas estatutarias en cuanto pudieren oponerse a la misma.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Apruébase el texto del Estatuto Social del SINDICATO UNIONTRABAJADORES CERVECEROS DE SALTA que en adelante pasará a denominarse SINDICATO TRABAJADORES CERVECEROS SALTA, obrante a fojas 9/118 del Expediente Nº 136.335/07 agregado a fojas 7 del Expediente Nº 136.214/06 (fojas 34 del Expediente Nº 1.169.978/06), de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88.

ARTICULO 2º

Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario, por lo que no implica innovar sobre los ámbitos territorial y personal que, con carácter de Personería Gremial, le fuera oportunamente otorgado a la entidad.

ARTICULO 3º

Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 23/2010

Apruébase la modificación parcial al texto del Estatuto Social de la Asociación de Empleados de Comercio de Cipolletti.

Bs. As., 15/1/2010

VISTO el Expediente Nº 1.183.410/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, modificada por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO:

Que la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CIPOLLETTI solicita la modificación parcial de su estatuto social.

Que la entidad posee Inscripción Gremial otorgada por Resolución Nº 475 de fecha 18 de abril de 1994 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88.

Que se deja constancia que la peticionante ha...

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