Resolución 37/2010

Fecha de disposición20 Enero 2010
Fecha de publicación20 Enero 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31825

RESOLUCIONES Secretaría de Relaciones Institucionales ADHESIONES OFICIALES Resolución 1/2010

Auspíciase la '50º Fiesta Provincial del Trigo' que se llevará a cabo en la Ciudad de San Genaro, Provincia de Santa Fe.

Bs. As., 14/1/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0531467/2009 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, la Municipalidad de San Genaro, Provincia de SANTA FE, solicita el auspicio del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, para la realización de la '50º FIESTA PROVINCIAL DEL TRIGO', que se llevará a cabo en la Ciudad de San Genaro,

Provincia de SANTA FE, entre los días 23 y 31 de enero de 2010.

Que el mencionado evento tiene por objeto central promover uno de los principales cultivos de la Provincia de SANTA FE, sostén principal de la economía y la forma de vida de la población rural de la provincia.

Que los objetivos que se persiguen con la realización de dicho evento se hallan estrechamente ligados a la acción que lleva a cabo en la materia el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno Nacional en materia de contención del gasto público, la presente medida no implica costo fiscal alguno.

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido por el Artículo 7º del Decreto Nº 1366 del 1 de octubre de 2009.

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, en virtud de las facultades que le otorga el Artículo 1º, inciso II) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, modificado por su similar Nº 2202 de fecha 14 de diciembre de 1994.

Por ello,

LA SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES RESUELVE:

Artículo 1º

Otórgase el auspicio del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, para la realización de la '50º FIESTA PROVINCIAL DEL TRIGO', que se llevará a cabo en la Ciudad de San Genaro, Provincia de SANTA FE, entre los días 23 y 31 de enero de 2010.

Art. 2º

La medida dispuesta por el Artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Andrea F. García.

Superintendencia de Riesgos del Trabajo RIESGOS DEL TRABAJO Resolución 37/2010

Establécense los exámenes médicos en salud que quedarán incluidos en el sistema de riesgos del trabajo.

Bs. As., 14/1/2010

VISTO el Expediente Nº 12.178/09 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.); las Leyes Nros. 18.695, 19.587, 24.557, 25.212, 26.281; los Decretos Nros. 170 de fecha 21 de febrero de 1996, 658 de fecha 24 de junio de 1996, 1338 de fecha 25 de noviembre de 1996, las Resoluciones S.R.T. Nros. 10 de fecha 13 de febrero de 1997, 16 de fecha 17 de febrero de 1997, 25 de fecha 26 de marzo de 1997, 43 de fecha 12 de junio de 1997, 28 de fecha 13 de marzo de 1998, 54 de fecha 9 de junio de 1998, y CONSIDERANDO:

Que uno de los principales objetivos de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, es la prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales.

Que en ese sentido, la Ley Nº 24.557 adopta herramientas para hacer posible su cumplimiento, previéndose --entre ellas-- la de vigilar permanentemente las condiciones y medio ambiente de trabajo, como asimismo la de monitorear el estado de salud de los trabajadores, a través de la realización de exámenes médicos.

Que no sólo resulta necesario generar mecanismos para estimular la conducta de los responsables para que den cumplimiento efectivo a las medidas que impidan el acaecimiento de siniestros laborales, sino además establecer aquellos que permitan la detección temprana de enfermedades profesionales y secuelas incapacitantes que las contingencias laborales puedan producir.

Que en este aspecto, el artículo 9º del Decreto Nº 1338 de fecha 25 de noviembre de 1996, establece que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) será la encargada de determinar los exámenes médicos que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) o los empleadores deberán realizar a los trabajadores.

Que por su parte, el artículo 6º de la Ley Nº 24.557 determina las contingencias y situaciones cubiertas por el Sistema de Riesgos del Trabajo, excluyendo expresamente los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales causados por dolo del trabajador o por fuerza mayor extraña al trabajo, como así también, las incapacidades del trabajador preexistentes a la iniciación de la relación laboral y acreditadas en el examen preocupacional efectuado.

Que en su oportunidad, la Resolución S.R.T. Nº 43 de fecha 12 de junio de 1997, determinó en el marco del Sistema de Riesgos del Trabajo cuáles son los exámenes médicos obligatorios, sus características, frecuencia, contenidos mínimos y responsables de su realización;

esto sin perjuicio de que, hacia el futuro, el avance científico o los cambios que se deriven de las reformas en el sistema de salud, hicieran recomendable posteriores ajustes.

Que a los fines de un correcto cumplimiento de los objetivos del Sistema, la realización de los...

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