Resolución 394/2009

Fecha de publicación30 Diciembre 2009
Fecha de disposición30 Diciembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31811

Anexo IV del Decreto Nº 1496/97 y la Resolución Nº 1520/98 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS que asciende a la suma de PESOS CUARENTA MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 40.720,00), conforme lo establecido en el Artículo 17 de la Ley Nº 22.021 y sus modificaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 10 del Decreto Nº 494/97 y del Artículo 13 del Anexo de la Resolución Nº 221/03 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIAY FINANZAS PUBLICAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Impónese a la firma JOAQUIN DANIEL GARGIULO - Anexo IV del Decreto Nº 1496 de fecha 30 de diciembre de 1997 y la Resolución Nº 1520 de fecha 23 de noviembre de 1998 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS una multa de PESOS CUARENTA MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 40.720,00), según lo dispuesto en el Artículo 17 de la Ley Nº 22.021 y sus modificaciones.

ARTICULO 2º

El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, debiéndose hacer efectivo ante la Dirección General de Administración dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIAY FINANZAS PUBLICAS.El solo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco, conforme el Artículo 18 del Anexo de la Resolución Nº 221 de fecha 15 de agosto de 2003 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sirviendo el presente acto de suficiente título ejecutivo para el cobro de la suma establecida en el Artículo 1º de la presente resolución mediante el correspondiente procedimiento de ejecución fiscal establecido en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

ARTICULO3º--HágasesaberalaDirecciónGeneralImpositivadependientedelaADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIAY FINANZAS PUBLICAS y al Gobierno de la Provincia de TUCUMAN lo resuelto por la presente medida.

ARTICULO 4º

Notifíquese a la firma JOAQUIN DANIEL GARGIULO, haciéndole saber que contra la presente medida procede el recurso de reconsideración previsto en el Artículo 84 y siguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991, el que deberá interponerse dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación.

ARTICULO 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- AMADO BOUDOU, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

e. 30/12/2009 Nº 126337/09 v. 30/12/2009 MINISTERIO DE ECONOMIAY fINANZAS PUBLICAS Resolución Nº 394/2009

Bs. As., 15/12/2009

VISTOelExpedienteNºS01:0480111/2009delRegistrodelMINISTERIODEECONOMIAYFINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, las Resoluciones Nros. 779 y 209 de fecha 6 de diciembre de 2004 y 22 de abril de 2005, respectivamente, ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que por las normas citadas en el Visto, se procedió a aprobar la estructura organizativa del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,incluyendotodoloatinentealaDirecciónGeneraldeDespachoyMesadeEntradasdependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIONY NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de esta Cartera y sus aperturas...

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