Resolución Nº 300 de 10 de Noviembre de 2009

Fecha de la disposición10 de Noviembre de 2009

10/11/09 - MODIFICAR la asignación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en Planilla Anexa que forma parte integrante de la presente Resolución, la que consta de UNA ( 1 ) foja útil. s/ Expte.

Nº 0431-043525/2009.- BOLETÍN OFICIAL CÓRDOBA, 28 de diciembre de 20092 VIENE DE TAPA

RESOLUCION Nº 90 BOLETÍN OFICIALCÓRDOBA, 28 de diciembre de 2009 3 COMPLEMENTO PLANILLA ANEXO I MODELO ORIENTATIVO DE SOCIEDADES ANONIMAS - PROYECTO DE ESTATUTO BASICO PROPUESTO DENOMINACION-DOMICILIO-PLAZO-OBJETO-

Articulo 1º

La Sociedad se denomina ...........................Tiene su domicilio legal en jurisdicción de ........................ Provincia de Córdoba , República Argentina .-.

Articulo 2º

La duración de la Sociedad se establece en .......... años, contados desde la fecha de inscripción del presente en el Registro Público de Comercio.-.

Articulo 3º

La Sociedad tiene por objeto (1)................A tal fin , la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones . CAPITAL -ACCIONES-.

Articulo 4º

El capital social (2) es de Pesos ...................... representado por........... acciones de Pesos ..................... valor nominal cada una , ordinarias nominativas no endosables de la clase .......... con derecho a nº ............... votos por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto , conforme al Artículo 188 de la Ley N° 19.550 .

Articulo 5º

Las acciones que se emitan podrán ser ordinarias nominativas no endosables , escriturales o preferidas .Las acciones ordinarias pueden ser (3) : de clase “A” que confieren derecho a cinco (5) votos por acción , con las restricciones establecidas en la última parte del Artículo 244 y en el.

Artículo 284

de la Ley N° 19.550 y de la clase “B” que confieren derecho a un voto por acción. Las acciones preferidas tendrán derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no , conforme a las condiciones de su emisión , también podrán fijárseles una participación adicional en las ganancias y otorgarles o no derecho a voto , salvo lo dispuesto en los Artículos 217 y 284 de la Ley N° 19.550.

Articulo 6º

Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del.

Artículo 211

de la Ley N° 19.550 . Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción.

Articulo 7°

En caso de mora en la integración del Capital, el Directorio queda facultado para proceder de acuerdo con lo determinado por el Artículo 193 de la Ley N° 19.550, en cualquiera de sus variantes, según lo estime conveniente.

Articulo 8º

La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto con el número de miembros que fije la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de.................. y un máximo de................., electo / s por el término de .................... ejercicios. La Asamblea puede designar mayor, menor o igual número de suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Los Directores en su primera reunión deberán designar un Presidente y un Vicepresidente, en su caso, este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. El presidente tiene doble voto en caso de empate . La asamblea fija la remuneración del Directorio de conformidad con el Artículo 261 de la Ley N° 19.550. Si la Sociedad prescindiera de la Sindicatura, la elección de Director/ es suplente/ s es obligatoria.

Articulo 9º

Los Directores deberán prestar la siguiente garantía: depositar en la Sociedad en efectivo, o en títulos públicos, o en acciones de otra/ s sociedad/ es en una cantidad equivalente a la suma de Pesos ........... o constituir hipotecas, prenda o fianza otorgada por terceros a favor de la sociedad con el visto bueno del Síndico Titular, en su caso, este importe podrá ser actualizado por Asamblea Ordinaria.

Articulo 10º

El Directorio tiene las mas amplias facultades para administrar, disponer de los bienes, conforme al Artículo 1881 del Código Civil, excepto el inciso 6 º y las establecidas en el Artículo 9º del Decreto Nº 5965/63, pudiendo celebrar toda clase de actos, entre ellos: establecer agencias, sucursales y otra especie de representación, dentro o fuera del país; operar con todos los bancos e instituciones de crédito oficiales o privadas; otorgar poderes con el objeto y extensión que juzgue conveniente.

Articulo 11º

La representación legal de la Sociedad, inclusive el uso de la firma social, estará a cargo del Presidente del Directorio, y en su caso de quien legalmente lo sustituya (4). FISCALIZACION (5):

Artículo 12º

La Fiscalización de la Sociedad estará a cargo de........................ síndico/ s titular/ es elegido/ s por la Asamblea Ordinaria por el término de ...................... ejercicios. La Asamblea también debe elegir igual número de suplentes y por el mismo término. Los Síndicos deberán reunir las condiciones y tendrán las funciones, derechos y obligaciones establecidas por la Ley N° 19.550. Si la Sociedad no estuviera comprendida en las disposiciones del Artículo 299 de la Ley N° 19.550, podrá prescindir de la Sindicatura, adquiriendo los Accionistas las facultades de contralor del Artículo 55 de la Ley N° 19.550.-.

ASAMBLEAS:

Articulo 13º

Toda Asamblea deberá ser citada en la forma establecida en el Artículo 237 de la Ley N° 19.550 sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea “Unánime”. Deberá mencionarse en la convocatoria el día y la hora del cierre del Registro de Asistencia para la comunicación o el depósito previo de las acciones, establecido en el Artículo 238 de la Ley N° 19.550. Podrá...

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