Resolución N° 751/GCABA

FirmantesWalter
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESOLUCIÓN N° 751/ GCABA

Se establecen los casos en que los Agentes de Percepción quedarán exceptuados de actuar como tales

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N° 751 - AGIP/09

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2009.

VISTO: La Resolución N° 569-AGIP/09 (BOCBA N° 3252), y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la citada norma, esta Administración estableció un régimen de percepción sobre todas las operaciones de venta efectuadas al contado y en dinero efectivo, por un importe superior a los $ 1.000.- (pesos un mil) conforme Ley Nacional N° 25.345 y modificatorias- que lleven a cabo los fabricantes, productores, mayoristas y/o distribuidores de todo tipo de productos y/o prestadores de servicios que se encuentren comprendidos en los términos de la Resolución N° 430/SHyF/2001 (BOCBA N° 1170) sus modificatorias y complementarias, a quienes revistan el carácterde responsables frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

Que con la finalidad de señalar los alcances de dicha Resolución, resulta oportuno establecer los sujetos -tanto agentes de percepción como percibidos- que no se encuentran incluidos en el mencionado régimen, atento lo dispuesto tanto en la normativa nacional antes referida como en aquella dictada oportunamente por esta Administración.

Que asimismo es propósito de esta Administración utilizar razonablemente todas las herramientas que la técnica y la administración tributaria pongan a su alcance para combatir la evasión y optimizar la recaudación de los distintos tributos;

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL

DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°...

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