Resolución 797/2009

Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2009

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADOS (F.A.S.P.y.G.P.) por la parte gremial y la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETROLEO por la parte empresaria, obrante a fojas 50/53 del Expediente Nº 1.316.738/09, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 50/53 del Expediente Nº 1.316.738/09.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 449/06.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.316.738/09

Buenos Aires, 30 de junio de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 791/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 50/53 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 689/09.

-- JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.

ANEXO 1

Convenio Marco Junio 2009 Septiemb. 2009Categoría Turno Básico a Abril 2009

G D 1.918,50 2.110,35 2.206,28

A 2.551,58 2.806,74 2.934,32

B 2.340,57 2.574,63 2.691,66

G' D 2.062,37 2.268,61 2.371,73

A 2.742,94 3.017,23 3.154,38

B 2.516,08 2.767,69 2.893,49

H D 2.206,27 2.426,90 2.537,21

A 2.934,31 3.227,74 3.374,46

B 2.691,62 2.960,78 3.095,36

H' D 2.371,74 2.608,91 2.727,50

A 3.154,39 3.469,83 3.627,55

B 2.893,52 3.182,87 3.327,55

I D 2.537,21 2.790,93 2.917,79

A 3.374,46 3.711,91 3.880,63

B 3.095,39 3.404,93 3.559,70

I' D 2.727,48 3.000,23 3.136,60

A 3.627,55 3.990,31 4.171,68

B 3.327,52 3.660,27 3.826,65

J D 2.917,76 3.209,54 3.355,42

A 3.880,63 4.268,69 4.462,72

B 3.559,69 3.915,66 4.093,64

Expediente Nº 1.316.738/09

En la Nº 31.806 86

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo suscripto, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 151/91, por la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS, y el CENTRO DE EMPRESAS PROCESADORAS DE AVES (CEPA), ratificado por la CAMARA ENTRERRIANA DE FRIGORIFICOS AVICOLAS (CAEFA), obrante el mismo a fojas 2 del Expediente Nº 1.320.994/09, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR