Resolución 2651/2009

Fecha de disposición16 Diciembre 2009
Fecha de publicación16 Diciembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31802

Que la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD en su carácter de Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de Obra Pública del Acceso Norte a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, aprobado Decreto Nº 1167 de fecha 15 de julio de 1994, otorgada por el artículo 7º del Decreto Nº 1020 de fecha 30 de julio de 2009, se encuentra facultada para adoptar la intervención cautelar de los concesionarios cuando se den causas de extrema gravedad y urgencia que afecten el servicio o pongan en peligro las obras o la seguridad de los usuarios.

Que de acuerdo a las constancias de autos surge que resulta necesaria una medida preventiva de intervención societaria a los efectos de impedir decisiones de la empresa que puedan afectar la regular prestación del| servicio público.

Que la adopción de esta medida permitirá asimismo, asegurar la continuidad del proceso de auditoría integral que aquí se inicia.

Que esta medida cautelar debe ser provisoria y transitoria, y construye una medida excepcional motivada en la grave situación planteada por la cesación de pagos de la Concesionaria.

Que de este modo, y en tanto se lleva a cabo el proceso de auditoría integral, se designará al funcionario que ejercerá la COADMINISTRACION societaria por el término de CIENTO VEINTE (120) DIAS.

Que la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, por disposición del artículo 7º del Decreto Nº 1020 de fecha 30 de julio de 2009, posee las facultades conferidas a la AUTORIDAD DE APLICACION, por el artículo 16, inciso r) del Decreto Nº 1994 de fecha 23 de septiembre de 1993.

Que se ha expedido la Subgerencia de Asuntos Jurídicos de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 16 inciso r) del Decreto Nº 1994 de fecha 23 de septiembre de 1993 y por el Artículo 7º del Decreto Nº 1020 de fecha 30 de julio de 2009.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD RESUELVE:

ARTICULO 1º

DISPONGASE LA INTERVENCION ADMINISTRATIVA temporal por el término de CIENTO VEINTE (120) días, a partir de la fecha de AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 2º

Desígnase como interventor societario, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente al Sr. Héctor Juan MOLINA (DNI 14.516.438).

ARTICULO 3º

La intervención cumplirá las funciones: de coadministración societaria y tendrá a su cargo la fiscalización y control de todos los actos de administración habitual y de disposición que puedan afectar la normal prestación del servicio público de tránsito, que es objeto de la concesión.

ARTICULO 4º

Ordénese la realización de una auditoría societaria integral en la Concesionaria AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, la que será realizada por el interventor designado y por el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES.

ARTICULO 5º

Procédase en el marco de la auditoría ordenada...

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