Resolución 761/2009
Fecha de disposición | 11 Diciembre 2009 |
Fecha de publicación | 11 Diciembre 2009 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31799 |
ANEXO II PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO FEDERACION OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES c/ YKK ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA CCT 282/96
T.O. 260/09
TOPE GENERAL -01/03/2008
01/06/2008
01/11/2008
01/05/2009 $ 1.486,18 $ 1.588,75 $ 2.007,02 $ 2.338,24 $ 4.458,54 $ 4.766,25 $ 6.021,06 $ 7.014,72
TOPE RIO NEGRO, CHUBUT,
SANTA CRUZ -01/03/2008
01/06/2008
01/11/2008
01/05/2009 $ 1.733,88 $ 1.853,54 $ 2.341,53 $ 2.727,95 $ 5.201,64 $ 5.560,62 $ 7.024,59 $ 8.183,85
TOPE TIERRA DEL FUEGO E ISLAS DEL ATLANTICO SUR -01/03/2008
01/06/2008
01/11/2008
01/05/2009 $ 2.105,42 $ 2.250,72 $ 2.843,28 $ 3.312,51 $ 6.316,26 $ 6.752,16 $ 8.529,84 $ 9.937,53
Expediente Nº 1.248.279/07
Buenos Aires, 29 de junio de 2009
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 760/09 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 215/09
T . -- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 761/2009
Tope Nº 226/2009
Bs. As., 25/6/2009
VISTO el Expediente Nº 45.216/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1819 de fecha 28 de noviembre de 2008 y CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/3 del Expediente Nº 45.474/08, agregado como foja 43 al Expediente Nº 45.216/08 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO OBRERO DE LA FRUTA DE LA CIUDAD DE CONCORDIA, ASOCIACION DE CITRICULTORES Y EMPACADORES DE CHAJARI, ASOCIACION DE CITRICULTORES DE CONCORDIA Y ASOCIACION DE CITRICULTORES UNIDOS DE MONTE CASEROS, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 217/93, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por Resolución S.T. Nº 1819/08 y registrado bajo el Nº 1276/08, conforme surge de fojas 103/105 y 108, respectivamente.
Que a fojas 127/129, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope...
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