Resolución 263/2009

Fecha de publicación10 Diciembre 2009
Fecha de disposición10 Diciembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31798

Que conforme surge de los Estados Contables trimestrales al 30 de septiembre de 2009, durante el semestre comprendido entre el 1º de enero de 2009 y el 30 de septiembre de 2009, la Sociedad experimentó una pérdida de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA ($ 185.588.890.).

Que esta circunstancia generó que el Patrimonio Neto de la Concesionaria a esa fecha se tomara negativo en la suma de PESOS DIEZ MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($ 10.987.290.-), lo cual constituye una causal de liquidación de la sociedad conforme lo estipula la Ley de Sociedades Comerciales en su Artículo 94, inciso 5.

Que atento lo expuesto, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires resolvió suspender la cotización de los valores negociables de esta sociedad de conformidad a lo establecido por el artículo 42, inciso

  1. del Reglamento de Cotización que establece que la suspensión de la cotización operará cuando 'De un estado contable o de información suministrada por la emisora surjan resultados no asignados negativos que insuman la totalidad del patrimonio neto.'.

Que al 30 de septiembre de 2009, la deuda financiera de la Concesionaria registrada en los Estados Contables bajo el rubro 'Préstamos' se había incrementado a la suma de PESOS UN MIL CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 1.162.759.885.-), lo que representa más del ochenta y cinco por ciento (85%) de su deuda total.

Que a la misma fecha, la situación patrimonial de la Concesionaria era la siguiente: el Activo Total ascendía a la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 1.351.633.836.-); el Pasivo Total era de PESOS UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO VEINTISEIS ($ 1.362.621.126.-); por lo que el Patrimonio Neto era negativo en la suma de PESOS DIEZ MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($ 10.987.290.-).

Que en atención a la situación descripta y a la presentación de cesación de pagos que realizara la empresa concesionaria AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA ante la Comisión Nacional de Valores, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y al Mercado Abierto Electrónico y habiendo sido notificada esta circunstancia al ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, éste, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 16 del Decreto Nº 1994 de fecha 23 de septiembre de 1993, comunicó la posible necesidad de iniciar un proceso de auditoría societaria y adoptar medidas preventivas cautelares transitorias a los efectos de resguardar la regular prestación del servicio público de tránsito.

Que en este caso, como se verá más adelante, se encuentran reunidas las condiciones o presupuestos propios de las medidas cautelares, en especial, la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, ya que se encuentra en juego la prestación de un servicio público.

Que la declaración de cesación de pagos es un reconocimiento unilateral de imposibilidad del cumplimiento de las obligaciones, por lo que la empresa misma reconoce su incapacidad para hacer frente al cumplimiento de sus obligaciones.

Que dicha imposibilidad de cumplimiento puede derivar razonablemente en una inminente afectación de la continuidad y calidad del servicio.

Que el verdadero riesgo que debe evitar esta AUTORIDAD DE APLICACION con la medida cautelar solicitada por el ORGANO DE CONTROL, no es la protección del derecho de los acreedores...

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