Resolución 1315/2009

Fecha de disposición10 Diciembre 2009
Fecha de publicación10 Diciembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31798

CONDICIONES SALARIALES GENERALES - FOX LATIN AMERICAN CHANNELS - Escala enero 2010

Grupo Salarial CCT 131/75

Básicos CCT 131/75 Adicional Convencional 'C' Básicos FOX L.A.C. Presentismo Bruto Sujt. a Retenciones Asig. No Remunerativa Vales Alimentarios TOTAL BRUTO 'C' = 'A' x 'B' 'D' = 'A' + 'C' 'E' = 'D' x 10% 2006- $ 100 (Sujeto a Ley 26.341) 'A' 'B' 'C' 'D' 'E' 1 $ 2.697,77 50,0% $ 4.046,28 $ 404,63 $ 4.450,91 $ 100,00 $ - $ 4.550,91

2 $ 2.554,06 46,8% $ 3.749,34 $ 374,93 $ 4.124,27 $ 100,00 $ - $ 4.224,27

3 $ 2.402,10 44,6% $ 3.474,18 $ 347,42 $ 3.821,60 $ 100,00 $ - $ 3.921,60

4 $ 2.267,45 42,0% $ 951,77 $ 3.219,22 $ 321,92 $ 3.541,14 $ 100,00 $ - $ 3.641,14

5 $ 2.138,69 39,5% $ 844,28 $ 2.982,97 $ 298,30 $ 3.281,26 $ 100,00 $ - $ 3.381,26

6 $ 2.018,78 36,9% $ 745,27 $ 2.764,05 $ 276,41 $ 3.040,46 $ 100,00 $ - $ 3.140,46

7 $ 1.904,72 34,5% $ 656,49 $ 2.561,21 $ 256,12 $ 2.817,33 $ 100,00 $ - $ 2.917,33

8 $ 1.796,42 32,1% $ 576,83 $ 2.373,25 $ 237,32 $ 2.610,57 $ 100,00 $ - $ 2.710,57

9 $ 1.693,91 29,8% $ 505,17 $ 2.199,08 $ 219,91 $ 2.418,99 $ 100,00 $ - $ 2.518,99

10 $ 1.570,90 29,7% $ 466,79 $ 2.037,69 $ 203,77 $ 2.241,46 $ 100,00 $ - $ 2.341,46

11 $ 1.483,18 27,3% $ 404,97 $ 1.888,15 $ 188,82 $ 2.076,97 $ 100,00 $ - $ 2.176,97

12 $ 1.399,67 25,0% $ 349,92 $ 1.749,58 $ 174,96 $ 1.924,54 $ 100,00 $ - $ 2.024,54

Antigüedad $ 22,67

Comidas $ 17,81

Meriendas $ 5,88

Exteriores $ 22,18

Subida a Torre $ 5,88

ANEXO B Lugar y Fecha Estimado Señor Presente De nuestra consideración:

Tenemos el agrado de dirigimos a Ud. a efectos de poner en su conocimiento que se ha firmado un acuerdo entre la empresa FOX LATIN AMERICAN CHANNELS SRL y el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS, Y DE DATOS (SATSAID).

Conforme a ello la jornada de trabajo ha quedado establecida en el artículo 6º de dicho convenio.

Asimismo, en el convenio de empresa ha dispuesto un diagrama horario el cual se detalla en el artículo 11º y sus incisos.

De prestar su conformidad le informamos que a partir del 1/1/09, se deberá desempeñar conforme al diagrama horario establecido para dicha función.

Le informamos que de acuerdo a lo establecido en los artículos 6º; 7º; 9º; 10º; 11º; 12º; 13º y 14º del acuerdo suscripto, su salario quedará conformado desde el mes de diciembre 2008 de la siguiente forma:

ASIG. NO REMUNERATIVA 2006 - $ 100 $ 100,00

Dicha liquidación refleja valores de referencia conforme la aplicación de carácter no remunerativo del último acuerdo SATSAID-ATA y el Art. 14 del acuerdo FOX LATIN AMERICAN CHANNELS SRL y el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS, Y DE DATOS (SATSAID) de fecha 14/1/2009.

Atentamente Tomo conocimiento y presto conformidad:

ACTA ACUERDO Nº 1

Comisión Permanente de Interpretación (CPI) Acuerdo de Empresa Articulado con el CCT 131/75

FOX LATIN AMERICAN CHANNELS SRL - SATSAID En la ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de enero de 2009, se reúnen los Sres.

Carlos Marino, Horacio Dri y Julio Barrios en representación del Sindicato Argentino de Televisión,

Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos (en adelante el 'SATSAID' o el 'Sindicato'), con domicilio en la calle Quintino Bocayuva Nº 50 de Nº 31.798 48

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por otra parte, correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar si procede el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE COOPERATIVAS ELECTRICAS Y DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA (FECESCOR), la ASOCIACION COORDINADORA DE CONSEJOS REGIONALES DE CORDOBA COOPERATIVA LIMITADA (FACE CORDOBA), la FEDERACION ARGENTINA DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS LTDA. (FACE NACIONAL), el SINDICATO REGIONAL DE LUZ Y FUERZA y la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (FATLYF), que luce a fojas 3/6 del Expediente Nº 370.196/09, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 3/6 del Expediente Nº 370.196/09.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR