Resolución 1304/2009

EmisorMinisterio de Defensa
Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2009

Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

Que el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por el Decreto Nº 1248/09, establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700.-) Que a efectos de dar cumplimiento a la normativa precedentemente citada, corresponde aprobar los contratos de locación de servicios suscriptos, ad-referéndum de su aprobación por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el entonces Director Nacional del Proyecto (Préstamo BIRF 7449-AR) y los consultores individualizados en el Anexo I de la presente, conforme a los períodos y montos allí consignados.

Que previo a dar trámite a la presente medida, se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577/2003, modificado por el Decreto 1248/09.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Danse por aprobados los contratos de locación, de servicios suscriptos entre el entonces Director Nacional del Proyecto (Préstamo BIRF 7449-AR) y los consultores individuales detallados en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente, por los períodos y montos mensuales allí indicados.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I Nombre y Apellido Tipo y Nº de Doc Vigencia Función y Rango Monto Mensual Dedicación Jorge Alberto LORENZO D.N.I. 13,445,398 01/07/2009-31/12/2009 Coordinador, Rango II $ 7,000.00 100% Agustín Andres REAL D.N.I. 23,489,888 11/05/2009 - 31/12/2009 Coordinador, Rango III $ 7,500.00 100% Gustavo Fabián PEREYRA D.N.I. 18,263,799 04/05/2009 - 31/12/2009

Consultor Experto,

Rango IV $ 6,000.00 100% RESOLUCIONES Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL Resolución 416/2009

Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino para la emisión correspondiente al mes de febrero de 2010.

Bs. As., 2/12/2009

VISTO el Expediente Nro. 024-99-81217093-3790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y la necesidad de establecer el Calendario de Pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión del mes de febrero de 2010, y CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos al Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.

Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales, permiten establecer el esquema de pago, en VEINTE (20) grupos.

Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, emitiendo Dictamen Nº 15541/00, obrante a fojas 2/3.

Que la Comunicación 'A' 4471 del Banco Central de la República Argentina de fecha 6 de enero de 2006, regula la operatoria de rendición de cuentas para las entidades financieras participantes en la operatoria de pago de los beneficios de la Seguridad Social a cargo de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión correspondiente al mes de febrero de 2010, cuya fecha de inicio de pago quedará fijada conforme se indica a continuación:

  1. Beneficiarios de PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS:

    GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 5 de febrero de 2010.

  2. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas, y el 022-022, no superen la suma de PESOS NOVECIENTOSTREINTAY SIETE ($ 937,00):

    GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 2, a partir del día 10 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 3, a partir del día 11 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 4, a partir del día 12 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 7, a partir del día 17 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 8, a partir del día 18 de febrero de 2010.

    GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 9, a partir del día 19 de febrero de 2010.

  3. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR