Resolución 1239/2009
Fecha de la disposición | 28 de Julio de 2009 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1239/2009
Tope Nº 330/2009
Bs. As., 30/9/2009
VISTO el Expediente Nº 256.791/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 930 del 28 de julio de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente Nº 256.791/09, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO TRABAJADORES ALFAJOREROS, REPOSTEROS, PIZZEROS Y HELADEROS (MAR DEL PLATA) y el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS DE MAR DEL PLATA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 167/91 Rama Pasteleros, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 930/09 y registrado bajo el Nº 814/09, conforme surge de fojas 26/28 y 31, respectivamente.
Que a fojas 37/39, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº 628 del 13 de junio de 2005.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope...
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