Resolución N° 1753/GCABA

FirmantesPiccardo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESOLUCIÓN N° 1753/ GCABA

Se desestima recurso jerárquico impugnando la Disposición N° 117-EMUI/08, ratificada por la Resolución N° 154-SSEP/09

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N° 1.753 - MAyEPGC/09

Buenos Aires, 2 de octubre de 2009.

VISTO: el Expediente N° 72.599/08, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por el señor Edgardo Miguel Keena, D.N.I. N° 4.590.958, impugnando los términos de la Disposición N° 117-EMUI/08;

Que como antecedentes del caso podemos mencionar que, en su oportunidad, el señor Edgardo Miguel Keena solicitó un resarcimiento por los daños que habría sufrido a causa de un bache, sobre el rodado marca Volkswagen, modelo Bora, dominio EXT 062, mientras circulaba por la Avenida Figueroa Alcorta de esta ciudad;

Que en base a los elementos obrantes en autos, se dictó el acto administrativo recurrido, mediante el cual se rechazó la petición efectuada por no surgir de las actuaciones elementos probatorios idóneos que permitieran acreditar la ocurrencia del hecho, ni en su caso, la relación de causalidad entre el mencionado bache y los daños denunciados;

Que una vez notificado el acto administrativo precitado, el interesado interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio mediante Registro N° 12.488-MGEYA/08 en los términos del artículo 103 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, Decreto N° 1.510/97;

Que por la Resolución N° 154-SSEP/09 se ratifica la Disposición N° 117-EMUI/08 y se desestima el mencionado recurso contra los términos de la misma, siendo notificado el recurrente el día 16 de junio de 2009;

Que pasando a analizar el fondo de las cuestiones planteadas, en primer término es dable resaltar que el recurso de reconsideración contra actos definitivos o asimilables a ellos lleva implícito el recurso jerárquico en subsidio, pudiendo el interesado, en dicha oportunidad, mejorar o ampliar sus fundamentos, tal lo determinado por el artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, Decreto N° 1.510;

Que transcurrido el plazo de ley para ampliar los fundamentos del recurso jerárquico en subsidio, y tal lo esgrimido precedentemente, el peticionante no ha efectuado nuevas presentaciones conducentes a desvirtuar la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR