Resolución 149/2009

Fecha de disposición25 Noviembre 2009
Fecha de publicación25 Noviembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31788

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación de los acuerdos celebrados entre la UNION FERROVIARIA por el sector sindical y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, los que lucen a fojas 9 y 10/11 del Expediente Nº 1.342.855/09 y han sido debidamente ratificados por las partes y por los Delegados de Personal a fojas 44 de las mismas actuaciones.

Que mediante el acuerdo obrante fojas 10/11 de autos sus celebrantes establecen los parámetros para el lavado exterior de formaciones en la Estación Lacroze de la Línea Urquiza, de acuerdo a los lineamientos allí estipulados.

Que a través del acuerdo que consta a fojas 9 de estas actuaciones, las partes dejan sin efecto los puntos 1.5.- y 1.6.- del acta celebrada con fecha 5 de agosto de 2009, que no es más que la referenciada en el párrafo precedente, los que se sustituyen por la redacción allí acordada, ratificándose en todos sus términos las restantes cláusulas del mismo.

Que corresponde señalar que las partes aquí intervinientes han celebrado el Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 602/03 'E'.

Que en igual sentido se pone de relieve que las partes han alcanzado con posterioridad a la homologación del plexo convencional citado, diversos acuerdos de naturaleza salarial, conforme surge de las constancias obrantes en autos, los que han sido oportunamente homologados por esta Autoridad de Aplicación.

Que en definitiva las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente dictamen.

Que aclarado la cuestión precedente debe señalarse que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación de los acuerdos cuya homologación se pretende, se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) 602/03 'E'.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija la vigencia de los acuerdos de conformidad con lo pactado por sus celebrantes al respecto.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente, surgen de lo dispuesto en el Decreto Nº 628/2005.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1º

Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA por el sector sindical y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 9 del Expediente Nº 1.342.855/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA por el sector sindical y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 10/11 del Expediente Nº 1.342.855/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre los acuerdos obrantes a fojas 9 y 10/11 del Expediente Nº 1.342.855/09.

ARTICULO 4º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º

Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 602/03 'E'.

ARTICULO 6º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Subdirectora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.342.855/09

Buenos Aires, 8 de octubre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 165/09 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 9 y 10/11 del expediente de referencia, quedando registrados con los números 1149/09 y 1150/09, respectivamente. -- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro,

Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA - ACUERDO COMISION DE INTERPRETACION Y AUTOCOMPOSICION (CINA) METROVIAS S.A. - UNION FERROVIARIA En la Nº 31.788 40

Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto Nº 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en los acuerdos bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que...

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