Resolución 1280/2009

Fecha de disposición20 Noviembre 2009
Fecha de publicación20 Noviembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31785

La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES sita en Av. Roque Sáenz Peña 511 3p. de la C.A.B.A. comunica que con fecha 25 de noviembre de 2008 se dictó la Disposición Nº 163/2008, mediante la cual el entonces Director Nacional dispuso:

ARTICULO 1º

Aplícase a FEMAR S.R.L., con domicilio en la calle Quintana Nº 3360,

Departamento 1, de la localidad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, C.U.I.T Nº 30-70869732-6, la sanción de suspensión para contratar con el Estado Nacional por el plazo de UN (1) año, en los términos del artículo 145, inciso b), apartado III, del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional aprobado por el Decreto Nº 436/2000, a consecuencia de la falta de depósito del valor de la garantía perdida en el plazo fijado a tal efecto.

ARTICULO 2º

La sanción que por la presente se aplica, comenzará a regir en forma sucesiva e ininterrumpidamente al vencimiento del plazo de la suspensión impuesta por la Disposición ONC Nº 108/2007. -- Fdo.: Dr. FERNANDO DANIEL DIAZ, Director Nacional, Oficina Nacional de Contrataciones.

Dr. HORACIO DANIEL GAUDIO, Director de Elaboración e Interpretación Normativa, Oficina Nacional de Contrataciones.

e. 20/11/2009 Nº 107867/09 v. 24/11/2009 JEFaTuRa dE GaBInETE dE MInISTRoS SEcRETaRIa dE La GESTIon PuBLIca SuBSEcRETaRIa dE TEcnoLoGIaS dE GESTIon oFIcIna nacIonaL dE conTRaTacIonES disposición nº 175/2009

La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES sita en Av. Roque Sáenz Peña 511 3p. de la C.A.B.A. comunica que con fecha 6 de febrero de 2009 se dictó la Disposición Nº 175/2009, mediante la cual el entonces Director Nacional dispuso:

ARTICULO 1º

Aplícase a la firma PEVICO S.R.L, con domicilio en la calle Carlos Pellegrini Nº 1175 Piso 2 Depto B, de la Nº 31.785 43.

Queesprocedenteefectuartaldesignación,conelobjetodebrindarlegitimidadalasfuncionesdelegadas a los Coordinadores Locales y comunicarlas a los fines de su debida difusión, entre las autoridades locales y los funcionarios de los organismos que operan en los Pasos Internacionales respectivos.

Que sin perjuicio que por el Decreto Nº 1409/96, se estableció que la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR ejercería la totalidad de las Funciones atribuidas a la ex SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FRONTERAS, determinándose además que los Pasos y Centros de Frontera quedaban en su jurisdicción, en virtud de la competencia asignada por la Ley Nº 26.338, corresponde a este Ministerio resolver la presente cuestión.

Que el Decreto Nº 21/07, establece como uno de los objetivos de la Secretaría de Interior, coordinar con las áreas competentes la aplicación de la Ley Nº 22.352 y el Decreto Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913), en todo lo relacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas de frontera.

Que por Resolución Ministerial Nº 498/09, el Señor MINISTRO DEL INTERIOR delegó en el titular de la SECRETARIA DE INTERIOR las facultades para...

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