Resolución 674/2009

Fecha de publicación19 Noviembre 2009
Fecha de disposición19 Noviembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31784
ARTICULO 6º

Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO Expediente Nº 1.117.540/05

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ VALENCIANA ARGENTINA JOSÉ EISENBERG Y COMPAÑIA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL,

INDUSTRIAL, FINANCIERA E INMOBILIARIA.

CCT 500/07

01/10/2007 $ 1.589,38 $ 4.768,14

Expediente Nº 1.117.540/05

Buenos Aires, 10 de junio de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 672/09 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 182/09 T. -VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 674/2009

Registro Nº 593/2009

Bs. As., 9/6/2009

VISTO el Expediente Nº 1.319.005/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.321.838/09, agregado a fojas 7 del principal, obran el acuerdo salarial y anexos celebrados entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURF Y AFINES, por el sector sindical, y el JOCKEY CLUB RIO CUARTO, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo de autos, las partes acuerdan las nuevas escalas salariales, tanto para los empleados mensualizados como para los jornalizados, a partir del 1º de marzo de 2009.

Que el presente acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 190/92 y ha sido ratificado por las partes a fojas 25 del Expediente Nº 1.321.838/09, agregado a fojas 7 del principal.

Que cabe destacar que mediante Resolución Nº 1270/07 del M.T.E.Y.S.S., se aprobó la transformación de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES...

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