Resolución 656/2009

Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2009
ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 25/26 del Expediente Nº 1.327.350/09.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.327.350/09

Buenos Aires, 8 de junio de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 654/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 25/26 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 581/09.

-- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinacion D.N.R.T.

EXPEDIENTE Nº 1.327.350/09

En la Nº 31.784 37

Cap. Art. Contenido Pág.

I Condiciones Generales 2

1 Partes Intervinientes. 2

2 Ambito de aplicación. 2

3 Período de vigencia. 2

4 Beneficiarios del presente Convenio. 2

5 Régimen Legal 2

II Del Armador. 3

6 Boleta de embarco. 3

7 Documentación de embarco. 3

8 Vigencia de las condiciones del Contrato de Ajuste. 4

9 Gastos de Titulación y Certificación. 4

III Del Capitán. 4

10 Exclusión del régimen de guardias. 4

11 Superposición por entrega de Comando. 4

IV De los Oficiales. 4

12 Funciones de los Oficiales. 4

13 Oficial Faltante. 4

14 Superposición por entrega de cargo. 5

V De la Tripulación 5

15 Dotaciones. 5

16 Contrato de Ajuste. 5

17 Prórroga del Contrato de Ajuste. 6

18 Efectividad. 6

19 Rotación entre unidades. 6

20 Deberes del Tripulante. 7

21 Jornada de trabajo y/o guardia. 8

22 Descansos mínimos 9

VI Cláusulas de aplicación general. 9

23 Equidad. 9

24 Cláusula especial sobre manipuleo de cargas. 9

25 Zona de riesgo de guerra, zona de piratería y zona de riesgo para la vida humana.

VII Alojamientos y Condiciones de Vida. 11

26 Alojamientos. 11

27 Falta de alojamiento a bordo. 11

28 Elementos de higiene. 11

29 Ropa blanca. 11

30 Facilidades de lavandería. 11

31 Vajilla, cubiertos y mantelería. 11

32 Alimentación a bordo. 12

33 Víveres adicionales. 12

34 Distribución y horarios de las comidas. 12

35 Falta de cocina a bordo. 12

36 Tanques de agua potable. 12

37 Vibraciones y ruido. 12

38 Aire acondicionado y calefacción. 13

39 Reparación aire acondicionado. 13

40 Facilidades recreativas. Esparcimiento. 13

41 Buques construidos antes de 1981. 13

42 Provisión de medicamentos. 13

VIII De los Diferentes Beneficios Sociales. 14

43 Traslados del Capitán u Oficial. 14

44 Provisión ropa de trabajo. 14

45 Comunicaciones personales a Cargo de la Empresa. 14

46 Fallecimiento por accidente. 15

47 Traslado de los restos de los tripulantes. 15

Cap. Art. Contenido Pág.

48 Sepelio de tripulantes. 15

49 Asistencia jurídica al Capitán u Oficial. 15

50 Fianzas y Cauciones. 15

51 Imposibilidad de embarcar debido a acciones judiciales. 16

52 Participación en salarios de asistencia o salvamento. 16

53 Indemnización en caso de naufragio, de incendio o de otro tipo de siniestro.

54 Días de espera para empacar 17

IX Remuneraciones. 17

55 Escala Salarial de la Marina Mercante. 17

56 Mantenimiento de la escala de salarios. 18

57 Sueldo Básico. 18

58 Bonificación por antigüedad. 18

59 Adicional por Responsabilidad Jerárquica. 19

59 bis Adicional por Inflamable 19

59 ter Transporte no inflamable 19

60 Adicional por Buque Mayor. 19

61 Adicional por Buque Gasero. 19

62 Adicional por Buque Quimiquero. 19

63 Adicional por Buque Supply clase 'B' 20

63 bis Adicional Costa Afuera 20

64 Carácter comprensivo de las remuneraciones. 20

65 Remuneraciones mínimas. 20

66 Valor diario de las remuneraciones. 20

67 Ajuste de las remuneraciones. 21

68 Sueldo Anual Complementario. 21

69 Salario Familiar. 21

70 Recibos de haberes. 21

71 Liquidaciones finales. 21

72 Lavado de Tanques. 21

73 Valor del lavado de tanques. 22

74 Pago del lavado de tanques. 22

X De las divisas sin cargo 22

75 Divisas. 22

76 Divisas durante construcciones, reparaciones, recepción o entrega del buque.

77 Valores de divisas. 22

78 Carácter no remunerativo de las divisas. 23

XI De los Francos, Feriados y Licencias. 23

79 Francos Compensatorios. 23

80 Valor diario de los Francos compensatorios. 23

81 Indemnización de Francos compensatorios no gozados. 23

82 Salarios a Ordenes. 24

83 Compensación por Franco de Guardia en puerto no gozado. 24

84 Días Feriados. 24

85 Días No Laborables. 24

86 Goce de Francos Compensatorios por Feriados o días No Laborables trabajados.

87 Licencia Anual. 25

88 Licencia Extraordinaria sin Goce de Haberes. 27

89 Licencia Gremial. 27

90 Prohibición de embarcar durante el uso de licencia 27

91 Licencia por Enfermedad.

92 Salarios en uso de Licencia por Enfermedad. 27

93 Suspensión del Goce de la Licencia Anual y Francos Compensatorios. 28

94 Licencias Especiales 28

XII Aportes y Contribuciones. 28

95 Aportes por Cuota Sindical. 28

95 bis Aportes por Cuota Sindical Extraordinaria para Acción Social. 29

96 Aportes a la Caja Compensadora. 29

97 Aportes al Fondo de Desempleo. 30

Jueves 19 de noviembre de 2009 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.784 38

Cap. Art. Contenido Pág.

98 Cuota/Aporte Contribución Sindical Solidaria. 30

99 Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social. 31

100 Contribución Empresaria para Capacitación. 31

101 Contribución Empresaria para Caja Compensadora. 31

101 bis Contribución Empresaria por Acción Social 32

XIII De la Mujer 32

102 Protección contra la Discriminación y el Acoso. 32

103 Comunicación del Embarazo. 33

104 Derecho al Desembarco por Embarazo. 33

105 Licencia Especial por Embarazo sin Goce de Haberes. 33

106 Plazo máximo de Embarco en Caso de Embarazo. 33

107 Desembarco anticipado por Embarazo. 33

108 Licencia por Maternidad. 33

109 Licencia por Lactancia. 34

110 Licencia Especial por Excedencia. 34

111 Licencia Especial sin Goce de Haberes Post- Maternidad. 34

112 Interrupción del Embarazo. 34

113 Valor Diario de la Licencia por Maternidad. 34

114 Valor Diario de la Licencia por Lactancia. 34

115 Requisito de Antigüedad. 34

116 Contrato de Ajuste por tiempo indeterminado, determinado o por viaje. 34

XIV Seguridad, Riesgos del Trabajo e Higiene Industrial. 35

117 Riesgos del trabajo. 35

118 Enfermedades Profesionales. 35

119 Mejoramiento de las Condiciones de Seguridad. 35

120 Información sobre aspectos inherentes a la Seguridad e Higiene Industrial.

XV De los Buques 'Supplies' y Embarcaciones de Apoyo. 36

121 Clasificación de los buques del tipo Supply. 36

122 Adicional por Buque Supply clase 'B'. 37

122 bis Adicional Costa Afuera 37

123 Francos Compensatorios. 37

124 Valor Diario de los Francos Compensatorios. 37

125 Regímenes de embarco. 37

126 Compensación por Regímenes de Embarco. 38

127 Responsabilidad Jerárquica por Oficial Faltante 38

XVI Cláusulas Finales. 38

123 Cláusula Especial de Cooperación. 38

129 Incumplimiento del presente Convenio. 38

133 Mecanismos de Consulta. 39

131 Paritaria Permanente de Interpretación del Convenio y Solución de Conflictos.

Anexos.

A Divisa Línea Permanente.

I Recomendaciones sobre Dotaciones establecidas por I.T.F.

  1. A Contratos de Ajuste para Personal Efectivo.

  2. B Contratos de Ajuste para Personal Relevante.

  3. A Listado de Medicamentos Recomendado para Buques Mercantes.

  4. B Listado de Equipos, Instrumentos y Suministros quirúrgicos Recomendado para Buques Mercantes.

IV.A Acta del 13/01/05.

IV.B Acta del 23/12/05.

V Divisa a Países No Limítrofes.

VI Divisa a Países Limítrofes.

VII Francos Compensatorios.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO CAMARA DE ARMADORES DE BUQUES, BARCAZAS TANQUE Y EMBARCACIONES DE APOYO (CABBTA) - CENTRO DE CAPITANTES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE Expediente Nº 1.099.362/2004

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº /08

Lugar y fecha de celebración: Buenos Aires, 14 de julio de 2008.

Intervinientes: a) Cámara de Armadores de Buques, Barcazas Tanque y Embarcaciones de Apoyo (CABBTA); cuyas empresas asociadas son: ANTARES NAVIERA S.A., COMPAÑIA NAVIERA HORAMAR S.A., SHELL CAPSA, TRANS ONA S.A., OPERADORES MARITIMOS Y FLUVIALES S.A.,

NAVENOR S.A.C.I., EMPRESA NAVIERA PETROLERA ATLANTICA S.A., NATE NAVEGACION Y TECNOLOGIA MARITIMA S.A., MINVEST S.A. y PETRO TANK S.A.

  1. CENTRO DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE.

Actividades y categorías de trabajadores a que se refiere: Capitanes y Oficiales de Cubierta que se desempeñan en los buques y artefactos navales.

Zona de aplicación: Este Convenio es de aplicación nacional para la navegación internacional y de cabotaje nacional.

Período de vigencia: Su vigencia será de dos años a contar desde el 14 de julio de 2008 hasta el 14 de julio de 2010.

En la ciudad de Buenos Aires, a los 14 días de julio de 2008, comparecen ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y...

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