Resolución 77/2009

Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2009

Que en relación a la prestación de tales servicios, la norma refiere que podrán ser realizados por la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, contratados por dicha Secretaría conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o encomendados a TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, según resulte más conveniente para el ESTADO NACIONAL.

Que en tal sentido, se aprobaron como Anexos I y II de dicha Decisión Administrativa las 'NORMAS DE PROCEDIMIENTO PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS PUBLICITARIOS CREATIVOS, ARTE Y PRODUCCION GRAFICA Y AUDIOVISUAL Y PARA LA TRAMITACION Y PAGO DE LAS CAMPAÑAS INSTITUCIONALES DE PUBLICIDAD Y COMUNICACION DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL, EFECTIVIZADAS POR INTERMEDIO DE TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO'.

Que mediante el procedimiento en cuestión se reglamenta tanto lo concerniente a la confección y presentación del PLAN ANUAL DE COMUNICACION INSTITUCIONAL por parte de los organismos alcanzados en la norma y por ante la SECRETARIA DE MEDIOS dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a los efectos de su evaluación y adecuación de conformidad a la estrategia anual de comunicación del Estado Nacional; como las distintas fases en las que puede desagregarse el proceso de difusión de actos.

Que en ese sentido, se entiende que con el dictado de la Decisión Administrativa Nº 448/2009 que regula las propuestas de publicidad o comunicación, la autorización de la campaña, la prestación de servicios publicitarios creativos, arte y producción gráfica y audiovisual, la instrumentación y la conformidad de las prestaciones e inclusive su pago, la Resolución DE Nº 316/2009 ha devenido abstracta entendiéndose necesario proceder a su derogación.

Que en mérito de lo expuesto y con la entrada en vigencia de la Decisión Administrativa Nº 448/2009, se tornarán operativos distintos aspectos del Decreto Nº 984/2009 necesarios para que esta ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL pueda canalizar ciertas acciones de difusión trascendentes para el Organismo.

Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el artículo 36º de la Ley Nº 24.241 y el artículo 4º del Decreto Nº 984/09.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

Artículo 1º

Deróguese la Resolución Nº 316/2009 de fecha 30 de octubre de 2009, por los motivos que dan cuenta los considerandos de la presente.

Art. 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Diego. L. Bossio.

Secretaría General ADHESIONES OFICIALES Resolución 1361/2009

Declárase de interés nacional el'IV Congreso Internacional de Biometría de la República Argentina - CIBRA 2009' a desarrollarse en la Nº 31.782 10

k) Poseer una o más plantas con habilitación vigente para exportar a la Unión Europea y acreditar la titularidad de las mismas.

I) Consignar la cantidad de toneladas a exportar, la que deberá guardar relación con su capacidad operativa y solvencia económica.

La referida declaración jurada deberá presentarse en el plazo de (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicación de la presente resolución.

Art. 3º

La citada Oficina Nacional requerirá a la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS un informe sobre el cumplimiento de las pautas de precios internos acordados y el efectivo...

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