Resolución 1204/2009

Fecha de publicación12 Noviembre 2009
Fecha de disposición12 Noviembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31779

ANEXO II BONIFICACION POR ANTIGÜEDAD Antigüedad Desde 01/04/2010 $ Auxiliares 1 año 16,82

3 años 33,76

5 años 50,51

7 años 67,27

9 años 84,15

12 años 106,64

15 años 123,52

18 años 141,57

21 años 152,74

24 años 168,19

27 años 179,61

30 años 190,99

35 años 213,44

40 años 236,00

Empleados 1 año 25,54

3 años 56,71

5 años 78,78

7 años 94,50

9 años 112,14

12 años 131,04

15 años 149,22

18 años 166,38

21 años 178,07

24 años 195,54

27 años 206,78

30 años 224,55

35 años 258,32

40 años 283,51

Encargados 1 año 33,11

3 años 71,88

5 años 98,71

7 años 121,16

9 años 140,84

12 años 162,69

15 años 174,38

18 años 193,65

21 años 209,03

24 años 226,63

27 años 246,56

30 años 261,78

35 años 289,49

40 años 320,66

Capataces 1 año 45,83

3 años 89,61

5 años 112,55

7 años 135,28

9 años 160,40

12 años 185,72

15 años 206,19

18 años 228,00

21 años 246,04

24 años 266,90

27 años 292,09

30 años 311,71

35 años 345,61

40 años 376,78

CONTRIBUCIONES ESPECIALES PERIODO ANEXO III ANEXO IV 01-06-2009 al 31-12-2009 $ 18,00 $ 32,40

01-01-2010 al 31-01-2010 $ 14,50 $ 26,10

01-02-2010 al 28-02-2010 $ 9,00 $ 16,20 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1204/2009

Registro Nº 1044/2009

Bs. As., 21/9/2009

VISTO el Expediente Nº 99.638/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 33/34 del Expediente Nº 99.856/07, agregado al Expediente Nº 99.638/07 como foja 5, obra el Acuerdo celebrado entre el CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE VILLA REGINA, la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CIPOLLETTI, el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE ALLEN, el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CINCO SALTOS y la FEDERACION DE ENTIDADES EMPRESARIAS DE RIO NEGRO, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo las partes pactan el pago de sumas no remunerativas, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75, conforme surge de los términos del texto pactado.

Que a su vez, a fojas 57 y 58 de autos la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS) procede a ratificar el Acuerdo de referencia.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de las entidades sindicales firmantes, emergente de sus personerías gremiales.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE VILLA REGINA, la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CIPOLLETTI, el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE ALLEN, el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CINCO SALTOS y la FEDERACION DE ENTIDADES EMPRESARIAS DE RIO NEGRO, que luce a fojas 33/34 del Expediente Nº 99.856/07, agregado al Expediente Nº 99.638/07 como foja 5, ratificado a fojas 57 y 58 por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 33/34 del Expediente Nº 99.856/07, agregado al Expediente Nº 99.638/07 como foja 5.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR