Resolución 544/2009

Fecha de disposición11 Noviembre 2009
Fecha de publicación11 Noviembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31778

NOTA: Se hace saber a los interesados que el expediente EXP-S01:0266720/2009 se encuentra disponible para tomar vista en Av. Paseo Colón 171, 3º Piso, oficina 301, de Lunes a Viernes de 10 a 12 y 15 a 17 hs.

Ing. LUIS ALBERTO BEURET, Subsecretario de Energía Eléctrica e. 11/11/2009 Nº 103239/09 v. 11/11/2009 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMOY ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.Belgrano Nº 1656, notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S.

Dispongo: Artículo 1º. Dásele por decaído el derecho dejado de usar, para presentar el descargo y ofrecer prueba en los términos del Artículo 1º inciso e) apartado 8º del Decreto - Ley 19.549 (T.O. 1991). Artículo 2º: Declárase la cuestión de puro derecho. Artículo 3º: Acuérdase a la causante el plazo de diez (10) días, con más los plazos ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que, de considerarlo pertinente, proceda a tomar vista de las actuaciones sumariales en los términos y a los efectos previstos por el Artículo 60 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). Artículo 4º:

Cumplido lo cual, se llamará a autos para resolver.

El presente deberá publicarse por TRES (3) días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991).-- Fdo. Dra. LILIANA E. BORTOLOTTI, Abogada Instructora Sumariante, INAES.

e. 11/11/2009 Nº 103429/09 v. 13/11/2009 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.

Belgrano Nº 1656, Capital Federal, notifica que por medio de las disposiciones Nº 283/08, 1164/09, 670/08, 672/08, 279/08, 668/08, 285/08, 683/08, 659/08, 752/09, 754/09, 661/08, 682/08, 663/08, 366/07, 665/08 se ha resuelto dar por decaídos los derechos dejados de usar para presentar los descargos y ofrecer pruebas en los términos del artículo 1º inciso e) apartado Nº 8 de la Ley Nº 19.549/72 y declarar la cuestión de puro derecho, respectivamente, a las entidades que a continuación se detallan: -MUTUAL DEL DEPORTISTA Expte.. Nº 6858/04, matrícula Nº NEUQ 92; -ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE LA VELOZ DEL NORTE S.R.L, Expte.. Nº 5278/04, matrícula Nº SALTA 39;- AMUTRAVI ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES DEL VIDRIO , Expte. Nº 2021/04 matrícula Nº CBA 273,-ASOCIACION MUTUAL 3 DE DICIEMBRE Expte. Nº 1979/04 matrícula Nº MZA 472; -ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DE LA LOTERIA NACIONAL Expte. Nº 6266/04 matrícula Nº CF 984; - ASOCIACION MUTUAL DE AYUDA SOCIAL AL DISCAPACITADO Expte.

Nº 1967/04 matrícula Nº CF 1553; - ASOCIACION MUTUAL DE LOS OBREROS DE LA CONSTRUCCION A.M.O.C. Expte. Nº 3111/05 matrícula Nº BA 899;- ASOCIACION MUTUAL SANTAFESINA DE VENDEDORES AMBULANTES Expte. Nº 282/03 matrícula Nº SF 820; -ASOCIACION MUTUAL 'ILUSION' Expte. Nº 2626/04 matrícula Nº CF 1472; -MUTUAL DEL PERSONAL DE HOTEL NOGARO SAN JUAN Expte. Nº 3318/05 matrícula Nº SJ 46; -ASOCIACION MUTUAL 'LA NUEVA ESTRELLA DE BUENOS AIRES' Expte. Nº 205/06 matrícula Nº BA 2444; -ASOCIACION MUTUAL KRONOS DE LA EDUCACION PARA LA SALUD -DROGADICCIONY S.I.D.A. Expte. Nº 7055/04 matrícula Nº CF 1542; ASOCIACION MUTUAL DEL PILAR Expte. Nº 257/08 matrícula BA 1772; -ASOCIACION MUTUAL AMAS DE CASA PROFESIONALES ESTUDIANTES AMIGOS DE ARTE, Expte.

Nº 4474/04 matrícula Nº SF 618; -ASOCIACION MUTUAL MALVINAS ARGENTINA (A.M.M.A.R.) Expte. Nº 1963/04 matrícula Nº MZA 148, Y ASOCIACION MUTUAL LOS PEREGRINOS Expte.

Nº 6458/04 matrícula Nº BA 2286 -designándose a la suscripta instructora sumariante.

De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ (10) días con más los que correspondieren en razón de la distancia, para que de considerarlo pertinente, las entidades procedan a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el Art. 60 del Decreto Nº 1759/72.

El presente deberá publicarse por TRES DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991).-- Fdo.: Dra. ANDREA DELBONO, Abogada, Instructora Sumariante, INAES.

e. 11/11/2009 Nº 103425/09 v. 13/11/2009 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución Nº 548/2009

ACTA Nº 1072

Expediente ENRE Nº 26.448/2008

Bs. As., 4/11/2009

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a 'ENERGIA SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA' en su condición de prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica, en la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS VEINTE CON ONCE CENTAVOS ($ 1.920,11) correspondiente al mes de marzo de 2008, por incumplimiento de lo dispuesto en el Punto 3 del ANEXO 28 de LOS PROCEDIMIENTOS (Resolución de la ex SECRETARIA DE ENERGIA Nº 61/1992 y sus modificatorias y complementarias), cuyo detalle, duración y monto de descuento se efectúa en el ANEXO al Informe Técnico y Legal de fojas 16/18. 2.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones que se detallan en el Anexo al Informe Técnico y Legal antes citado, efectúe los descuentos correspondientes sobre los precios que remuneran la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica prestada por 'ENERGIA SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA' 3.- Notifíquese a 'ENERGIA SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA' y a 'CAMMESA' copia del ANEXO de fojas 16/18. Hágasele saber que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto;

y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1759/1972 (T.O. en 1991), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos; y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el Artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales. 4.- Publíquese la presente Resolución en...

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