Resolución 1125/2009

Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2009

RESOLUCIONES Ministerio de Defensa EDUCACION Resolución 1125/2009

Establécese el procedimiento a seguir en los distintos niveles de enseñanza impartidos en los Liceos Militares para la selección de docentes a ser designados en calidad de suplentes.

Bs. As., 23/10/2009

VISTO la ley Nº 17.409 aprobatoria del Estatuto de Personal Docente Civil de las Fuerzas Armadas, el reglamento de éste aprobado por el Decreto Nº 4451 del 15 de mayo de 1973, la ley Nº 25.164 Marco de Regulación del Empleo Público Nacional, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y la ley Nº 26.206, de Educación Nacional, y CONSIDERANDO:

Que por la ley Nº 17.409 se aprobó el Estatuto del Personal Docente Civil de las Fuerzas Armadas, reglamentado por el Decreto Nº 4451/73, configurándose un ordenamiento cuyas disposiciones, según el artículo 4º de la Ley Nº 25.164, continuarán rigiendo la relación laboral del personal encuadrado en él hasta que se firmen convenios colectivos de trabajo aplicables al mismo o se dicte un nuevo ordenamiento legal que reemplace al anterior.

Que se verifica en los LICEOS MILITARES y el INSTITUTO SOCIAL MILITAR 'DR. DÁMASO CENTENO', dependientes de las FUERZAS ARMADAS de la Nación, la existencia de una elevada proporción de docentes cuyas funciones carecen de estabilidad por haber sido designados en calidad de suplentes.

Que por efecto de la reglamentación aprobada por el Decreto Nº 4451/73, según el artículo 14, inciso 2, apartado 'h', en su primera parte, el personal designado para cargos, cátedras y/o en horas semanales con carácter de suplente, cesará en sus funciones como tal inmediatamente después de haber cumplido con la última obligación del año calendario.

Que sin perjuicio de analizar en profundidad, con vistas a remediarlas, las causas de esta situación, es necesario adoptar los recaudos conducentes a una ordenada y transparente cobertura, aún en la condición de suplente, de las vacantes que se producen anualmente, resguardando la excelencia académica que debe caracterizar a los LICEOS MILITARES y el INSTITUTO SOCIAL MILITAR 'DR. DÁMASO CENTENO'.

Que teniendo en cuenta esta finalidad, y la insuficiencia, desde el punto de vista de la transparencia y la igualdad de oportunidades, de las estipulaciones del artículo 14, inciso 2, de la reglamentación aprobada por el Decreto Nº 4451/73, relativas a la selección de personal civil docente, en calidad de suplente, para cubrir cargos vacantes por cese del titular o para reemplazar a titulares en uso de licencia o por tratarse de cargos vacantes cuya creación haya sido debidamente autorizada o por caducidad de una suplencia, es pertinente establecer un procedimiento que agregue precisión a dichas estipulaciones y satisfaga los requisitos de excelencia académica, transparencia e igualdad.

Que a efectos de introducir un criterio de razonabilidad en el proceso de...

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