Resolución 725/2009

Fecha de la disposición28 de Octubre de 2009

Que también el concesionario debe ser sancionado por el Informe sobre Inversiones a Ejecutar primer Semestre año 2007 adeudado en soporte papel, cuyo valor se estima conveniente fijar en PESOS TRES MIL ($3.000) tal valor, respecto al Yacimiento 'AGUADA BANDERA'.

Que el concesionario debe ser sancionado por el Informe sobre Inversiones a Ejecutar primer Semestre año 2007 adeudado en formato digital, a través de su carga vía Internet, en el sitio Web de esta Secretaría, cuyo valor se estima conveniente fijar en PESOS TRES MIL ($3.000) tal valor, respecto al Yacimiento 'AGUADA BANDERA'.

Que al incumplimiento total de la regulación normativa vigente por parte de la EmpresaYPF S.A., debe adjudicársele una mayor gravedad, por lo que se considera razonable elevar en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) cada uno de los montos involucrados en los incumplimientos detectados.

Que se estima razonable sancionar a la mencionada Empresa, por el Informe Circunstanciado de Producción adeudado, con un valor cercano al mínimo establecido por el Decreto Nº 1028/2001, estimándose conveniente fijar en PESOS CINCO MIL ($ 5.000) tal valor, respecto alYacimiento 'LOS MONOS'.

Que de igual manera, se considera razonable sancionar a la EmpresaYPF S.A. por el Pronóstico de Producción de Petróleo adeudado, que se estima conveniente fijar en PESOS TRES MIL ($3.000) tal valor, respecto al Yacimiento 'LOS MONOS'.

Que se torna necesario aplicar al concesionario una sanción por el Pronóstico de Producción de Gas Natural adeudado, que se estima conveniente fijar en PESOS TRES MIL ($ 3.000) tal valor, respecto al Yacimiento 'LOS MONOS'.

Que asimismo es necesario aplicar a la Empresa una sanción por el Informe sobre Inversiones Realizadas año 2006 adeudado en soporte papel, que se estima conveniente fijar en PESOS TRES MIL ($ 3.000) tal valor, respecto al Yacimiento 'LOS MONOS'.

Que es necesario aplicar a la Empresa una sanción por el Informe sobre Inversiones Realizadas año 2006 adeudado en formato digital, a través de su carga vía Internet, en el sitio Web de esta Secretaría, que se estima conveniente fijar en PESOS TRES MIL ($ 3.000) tal valor, respecto al Yacimiento 'LOS MONOS'.

Que se torna imprescindible sancionar a la Empresa YPF S. A. por el Informe sobre Inversiones a Ejecutar año 2007 adeudado en soporte papel, que se estima conveniente fijar en PESOS TRES MIL ($ 3.000) tal valor, respecto al Yacimiento 'LOS MONOS'.

Que es imprescindible sancionar a la Empresa YPF S. A. por el Informe sobre Inversiones a Ejecutar año 2007 adeudado en formato digital, a través de su carga vía Internet, en el sitio Web de esta Secretaría, que se estima conveniente fijar en PESOS TRES MIL ($ 3.000) tal valor, respecto al Yacimiento 'LOS MONOS'.

Que también el concesionario debe ser sancionado por el Informe sobre Inversiones a Ejecutar primer Semestre año 2007 adeudado en soporte papel, cuyo valor se estima conveniente fijar en PESOS TRES MIL ($ 3.000) tal valor, respecto al Yacimiento 'LOS MONOS'.

Que también el concesionario debe ser sancionado por el Informe sobre Inversiones a Ejecutar primer Semestre año 2007 adeudado en formato digital, a través de su carga vía Internet, en el sitio Web de esta Secretaría, cuyo valor se estima conveniente fijar en PESOS TRES MIL ($ 3.000) tal valor, respecto al Yacimiento 'LOS MONOS'.

Que al incumplimiento total de la regulación normativa vigente por parte de la EmpresaYPF S. A., debe adjudicársele una mayor gravedad, por lo que se considera razonable elevar en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) cada uno de los montos involucrados en los incumplimientos detectados.

Que los montos aludidos en los considerandos precedentes para cada uno de los incumplimientos lleva a fijar en consecuencia el valor de la multa a la Empresa YPF S. A. por sus incumplimientos a lo establecido en la Resolución Nº 319/1993, modificada por la Resolución Nº 2057/2005, y de conformidad a lo estipulado en el Decreto Nº 1028/2001, en relación con el Yacimiento 'AGUADA BANDERA', en la suma total de PESOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($ 43.500).

Que respecto al Yacimiento 'LOS MONOS' corresponde fijar el valor de la multa a la Empresa YPF S. A. por los incumplimientos a lo establecido en la Resolución Nº 319/1993, modificada por la Resolución Nº 2057/2005, mencionados precedentemente, y de conformidad a lo estipulado en el Decreto Nº 1028/2001, en la suma total de PESOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($ 43.500).

Que adicionalmente al valor establecido como sanción pecuniaria, corresponde que...

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