Resolución 568/2009

Fecha de disposición23 Octubre 2009
Fecha de publicación23 Octubre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31765

Jul-08 Nov-08 Ene-09

MENORES 3 A 13 AÑOS $ 154 $ 163 $ 173

DESNUDOS $ 330 $ 350 $ 371

SELECCION PREVIA O PRUEBA DE ROPA hasta 3 hs $ 39 $ 41 $ 43 hasta 6 hs $ 77 $ 82 $ 87

PERFIL ESPECIAL Tira $ 154 $ 163 $ 173

Unitarios $ 220 $ 233 $ 247

EXTRAS REIDORES 60' AL AIRE $ 77 $ 82 $ 87

EXTRAS REIDORES 120' AL AIRE $ 96 $ 102 $ 108

EXTRAS REIDORES 180' AL AIRE $ 120 $ 128 $ 135

EXTRAS REIDORES 240' AL AIRE $ 150 $ 159 $ 168 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 567/2009

Registro Nº 444/2009

Bs. As., 14/5/2009

VISTO el Expediente Nº 1.307.630/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y CONSIDERANDO:

Que a fojas 20/21 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte gremial y la empresa GENERAL MOTORS DE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

QuebajoelmentadoAcuerdo,losagentesnegociadoresconvienen,afindereadecuarcondiciones salariales; el otorgamiento de una suma única de carácter extraordinario y no remunerativo, liquidable en dos cuotas; conforme a los términos y condiciones pactados.

Que el presente es concertado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 936/07 'E', cuyas partes signatarias coinciden con las celebrantes de marras.

Que la personería y facultades para negociar colectivamente de los actores intervinientes en autos se encuentran acreditadas en el Expediente Nº 1.210.653/07.

Que el ámbito de aplicación del texto convencional de marras, se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado 'orden público laboral'.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DELTRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa GENERAL MOTORS DE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que luce a fojas 20/21 del Expediente Nº 1.307.630/08, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 20/21 del Expediente Nº 1.307.630/08.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 936/07 'E'.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.307.630/08

Buenos Aires, 19 de mayo de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 567/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 20/21 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 444/09. -VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

En Buenos Aires, a los 29 días del mes de abril de 2009, comparecen por una parte la representación en la Comisión Negociadora de SMATA integrada por Mario Manrique, Ricardo Pignanelli, Gustavo Morán, Hugo Nizam Din, Marcelo Carrasco, Fabiana Ceriani, Sebastián Marcos,

Fernando Villalba, Mariano Nicanor Fernández, Darío Coria y Mauricio Mansilla con la asistencia letrada del Dr. Guillermo Morán; y por la otra la representación en la Comisión Negociadora de GM Argentina Integrada por Adriana Restanio, Alejandra Trucco, Nicolás Bloj y Mariano Pastor, con la asistencia letrada de los Dres. Julián A. de Diego y Oscar Dimenza manifiestan:

CONSIDERANDO la grave crisis internacional que sufre la economía global, y en especial la que experimenta la industria automotriz, ambas partes consideran fundamental generar acuerdos que permitan mantener las condiciones necesarias para preservar la paz social y el clima laboral para superar los desafíos actuales de la empresa y de la economía en general. Es por ello que se hace necesario mantener la tranquilidad social, adecuar las estructuras productivas a los cronogramas de producción y proyectos existentes, y realizar todos los esfuerzos que contribuyan al...

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