Resolución 460/2009

Fecha de la disposición16 de Octubre de 2009
ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 343/99 E.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.253.327/07

Buenos Aires, 20/4/ 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 459/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 167 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 364/09. -- JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación- D.N.R.T.

ACTA ACUERDO En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 9 días del mes de marzo de 2009, entre NUEVO TREN DE LA COSTA S.A., con domicilio en Reconquista 1088 Piso 9no. Capital Federal, representada en este acto por su apoderado el sr. GABRIEL CAVILLA, conforme poder con facultades que se declara vigente y suficiente para el presente acto, constituyendo domicilio especial conjuntamente con el letrado patrocinante Dr. FEDERICO PABLO EUGENIO RONCHETTI, en Carlos Pellegrini 1163 Piso 5to. Frente, Capital Federal, por un parte denominada en adelante 'LA EMPRESA', y por la otra el SINDICATO LA FRATERNIDAD, con domicilio en Hipólito Yrigoyen 1938, Capital Federal, representada en este acto por el sr. OMAR MATURANO en su carácter de Secretario General, el sr.

AGUSTIN SPECIAL en su carácter de representante del Secretariado Nacional, y el sr. JUAN CARLOS BERNARD en su carácter de Delegado Personal, constituyendo domicilio especial en el antes indicado, en adelante 'EL SINDICATO', en adelante denominadas en forma conjunta e indistinta LAS PARTES, se reúnen a los efectos de dejar constancia del acuerdo al que han arribado, aplicable a todos los trabajadores representados por EL SINDICATO en LA EMPRESA, según el siguiente detalle:

Artículo 1º

LAS PARTES acuerdan que LA EMPRESA abonará a todos los trabajadores representados por EL SINDICATO, una suma fija no remunerativa y por única vez, bajo el concepto 'Asignación Extraordinaria' por un monto de $ 500.- (pesos quinientos).- La asignación extraordinaria será pagada por LA EMPRESA en fecha 10 de marzo de 2009 mediante depósito en las cuentas bancarias de cada uno de los trabajadores involucrados.Artículo 2º.LAS PARTES convienen en proseguir las negociaciones vigentes que actualmente llevan adelante.A fin de dar el marco legal y convencional correspondiente a los acuerdos a los que han arribado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR