Resolución 191/2009

Fecha de disposición16 Octubre 2009
Fecha de publicación16 Octubre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31760

Que en el Título II 'Personal Permanente' - Capítulo I 'Ingreso: Condiciones Generales y Requisitos Particulares' y en el Título III 'Escalafón' - Capítulo II 'Selección e Ingreso' del Reglamento del Personal de la ARN, se establecen las condiciones que deben cumplir las personas que ocuparán los cargos vacantes financiados en esta ARN a los fines de ser seleccionadas y su posterior ingreso a la planta permanente de la ARN.

Que con relación a la selección e ingreso de personal el Reglamento de Personal de la ARN, incluye las disposiciones pertinentes establecidas en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, aprobado por el Decreto Nº 214/06.

Que por el Artículo 62 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, aprobado por el Decreto Nº 214/06, establece que los tipos de convocatorias que no sean abiertas, abarcará como mínimo al personal comprendido en el respectivo convenio sectorial.

Que el Directorio instruyó a la SUBGERENCIA RECURSOS HUMANOS a los fines de tramitar las búsquedas de personal en función de las necesidades de servicio solicitadas por las diferentes áreas de la ARN.

Que conforme a la información obrante en las citadas actuaciones de la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS requiere el ingreso de una persona a los fines de desempeñarse como Asistente de Tesorería.

Que el Directorio resolvió asignar para dicha función la categoría Junior II la cual se encuentra vacante y financiada.

Que el Artículo 20 del Reglamento del Personal establece que el ingreso a la ARN se producirá de acuerdo con el sistema de selección que se aprueba en el citado Reglamento y las condiciones que se establezcan en las bases de los respectivos concursos.

Que el Reglamento del Personal Permanente en su Capítulo I establece las condiciones generales y requisitos particulares para el ingreso y en su Capítulo II, Selección e Ingreso, Artículo 23 establece que la convocatoria a selección será dispuesta por el Directorio.

Que el Directorio es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establece la Ley Nº 24.804 en su Capítulo II, Artículo 22, incisos c) y e).

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR RESOLVIO:

ARTICULO 1º

Instruir a la SUBGERENCIA RECURSOS HUMANOS de la ARN para proceder al llamado a búsqueda interna, Planta Permanente - PP Nº 50/09 para...

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