Resolución 12/2011

EmisorSindicatura General de la Nacion
Fecha de la disposición22 de Febrero de 2011

Martes 22 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.097 34 % 34 % PRESIDENCIA DE LA NACION SINDICATURA GENERAL DE LA NACION Resolución N'º' 12/2011

Bs. As., 26/1/2011

VISTO los incisos b) y d) del artÃculo 112 de la Ley N'º' 24.156, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N'º 25.164 y el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION homologado por Decreto N'º' 1714 del 19 de noviembre de 2010 y la Resolución SIGEN N'º' 32 del 31 de marzo de 2005, y CONSIDERANDO:

Que el inciso b) del artÃculo 112 de la Ley N'º' 24.156 faculta al SÃndico General de la Nación a organizar y reglamentar el funcionamiento de la Sindicatura General en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal.

Que a través del inciso d) del artÃculo 112 de la Ley N'º' 24.156 se posibilita la celebración de contrataciones de personal para la realización de trabajos especÃficos, estacionales o extraordinarios, que no puedan ser realizados por su planta permanente, fijando las condiciones de trabajo y su retribución.

Que la Resolución SIGEN N'º' 32 del 31 de marzo de 2005, estableció el régimen al que debió ajustarse la contratación del personal por tiempo determinado de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por el Decreto N'º' 1714 del 19 de noviembre de 2010, contempla al personal contratado por el Organismo en los términos del artÃculo 9'º de la Ley N'º' 25.164, el que queda comprendido en dicho marco legal y en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional en materia de derechos y obligaciones.

Que en virtud de las consideraciones expuestas precedentemente, corresponde dejar sin efecto la Resolución SIGEN N'º' 32/05 y reglar el régimen de contrataciones que reconozca los derechos consagrados por la normativa citada en el considerando anterior.

Que la Gerencia de Asuntos JurÃdicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artÃculo 112 incs. b) y d) de la Ley N'º' 24.156.

Por ello,

EL SINDICO GENERAL DE LA NACION RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Derógase la Resolución SIGEN N'º' 32 del 31 de marzo de 2005.

ARTICULO 2

'º — Apruébase el “Régimen de Contrataciones de Personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION” y el correspondiente modelo de contrato, que como Anexo forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 3

'º — RegÃstrese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, SÃndico General de la Nación.

ANEXO REGIMEN DE CONTRATACIONES DE PERSONAL DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

DE LA SOLICITUD DE LA CONTRATACION ARTICULO 1'º.- La solicitud de contratación de personal deberá ser efectuada por los respectivos Gerentes o funcionarios con nivel equivalente. Dicho requerimiento debe contener:

  1. las razones que aconsejan la celebración del contrato y la identificación del carácter de los servicios a contratar según sea:

    1. Estacional, en este caso se deberá describir las caracterÃsticas y razones de la estacionalidad, o;

    2. Transitorio, según ello responda a:

    1) Incremento extraordinario de las tareas a cargo del sector;

    2) Inexistencia o indisponibilidad de personal de planta permanente afectable a dichos servicios.

    Asimismo, deberá darse justificación detallada de la imposibilidad de atender los servicios, actividades o resultados a producir mediante la contratación propuesta, con el personal de la Planta Permanente del organismo, según sea el caso, previa consulta con el titular de la unidad de Recursos Humanos.

  2. Los objetivos generales y especÃficos, las actividades y los resultados parciales y finales que se procuran obtener o alcanzar, según los estándares cuantitativos y cualitativos que correspondan y, en su caso, el cronograma del programa de trabajo respectivo a cumplimentar por el contratado.

  3. La propuesta para el perfil de requisitos a satisfacer por el contratado, los que deberán ser pertinentes con lo postulado en el inciso precedente.

  4. La denominación precisa de la función o del puesto de trabajo que resulte equivalente, o, la que mejor describa la naturaleza de las tareas a emprender.

  5. La propuesta de equiparación retributiva al nivel o categorÃa escalafonaria del régimen que se aplique al personal de Planta Permanente de SIGEN. Esta equiparación deberá ser propuesta considerando los requisitos mÃnimos establecidos en dicho régimen para el nivel o categorÃa escalafonaria correspondiente, y según el nivel de responsabilidad, autonomÃa y complejidad que conlleven las tareas o servicios a contratar.

  6. La certificación extendida por el responsable de los servicios técnico-administrativos de la existencia del financiamiento correspondiente.

    En ningún caso se podrá propiciar una contratación cuya vigencia exceda el ejercicio presupuestario en curso.

    DEL PERSONAL A CONTRATAR ARTICULO 2'º.- Las personas propuestas para contratar deberán satisfacer, además de las exigencias propias de las tareas o servicios a desarrollar, los requisitos previstos para el acceso al Nivel y Grado correspondiente al cual se propicie equiparar sus retribuciones.

    Aclárase que la acreditación del cumplimiento de los requisitos previstos en los artÃculos 4'º y 5'º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público...

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