Resoluci

FirmantesFerrali - Amado - Michielotto - Garc
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Ente Único Regulador de Los Servicios Públicos
Fecha de la disposición22 de Junio de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN N 78/GCABA/ERSP/11SE SANCIONA CON MULTA A SOMA SA

Buenos Aires, 22 de junio de 2011

RESOLUCIÓN N.° 78/ERSP/11.

Buenos Aires, 22 de junio de 2011

VISTO:

el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nacional N° 24.051, la Ley N° 210, la Ley N° 154, el Decreto PEN N° 831/1993, el Decreto N° 1.886/GCBA/01, el Decreto N° 706/GCBA/05, el Reglamento de Procedimiento de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución N° 28 del 4 de octubre de 2001 y su modificatoria N° 51 del 12 de diciembre de 2002, el Acta del Directorio N° 438 del 18 de mayo de 2011, el Expediente N° 1530/EURSPCABA/2010, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;

Que, según lo prescribe el Art. 2° inc. f) de la Ley N° 210, se entiende como servicio público, a los efectos de la aplicación de la misma, el transporte, tratamiento, almacenamiento y disposición final de residuos patológicos y peligrosos;

Que, conforme lo establece el Art. 3° incs. a), b), e), i) y l) de la Ley N° 210, el Ente tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar las actividades de los prestadores de los servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto de la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y efectuar las denuncias pertinentes implementando las acciones tendientes a hacer cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso;

Que, las presentes actuaciones se inician como consecuencia de los controles técnicos realizados por personal del Organismo en el marco del Plan de Control previsto para el Servicio Público de Transporte, tratamiento, almacenamiento y disposición final de residuos patológicos y peligrosos durante el mes de abril de 2010;

Que, de acuerdo con lo normado por la Resolución N° 290/MSGC/09 que aprueba los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas para la Contratación del Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición final de los Residuos Patogénicos generados por los Hospitales y los Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resultó ser una de las adjudicatarias de la Licitación Pública N° 178/2009, la empresa Soma SA;

Que, a fs. 2/3 obra Acta de Inspección N° 009448/ERSP/2010 y Anexo N° 2, de fecha 27 de abril de 2010, a fin de relevar la planta de tratamiento de la empresa Soma SA verificando "...se fiscaliza la planta de tratamientos de los residuos hospitalarios de los establecimientos de salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la inactivación de la condición patógena se realiza por autoclavado. El autoclave mod. AU-650, con...

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