Resolución 424/2011

Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2011

Miércoles 4 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.142 10

Que ha tomado la intervención que le compete la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que han tomado intervención los Servicios JurÃdicos competentes en virtud de lo dispuesto por el ArtÃculo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N'º' 19.549.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (Texto ordenado por el Decreto N'º' 438/92 y sus modificaciones), y el Decreto N'º' 1393/08.

Por ello,

LA MINISTRA DE INDUSTRIA RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Procédese al cierre de la investigación que se llevara a cabo mediante el expediente citado en el Visto para las operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos, de uso doméstico, excluyendo los radiadores de aceite y los radiadores de acumulación, originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA, mercaderÃa que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8516.29.00.

Art. 2

'º — FÃjase para las operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos, de uso doméstico, excluyendo los radiadores de aceite y los radiadores de acumulación, mercaderÃa que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8516.29.00, originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA un derecho antidumping AD VALOREM definitivo calculado sobre los valores FOB declarados, de CIENTO TREINTA Y OCHO COMA VEINTISEIS POR CIENTO (138,26%).

Art. 3

'º — Cuando se despache a plaza la mercaderÃa descripta en el ArtÃculo 2'º de la presente resolución, el importador deberá abonar un derecho antidumping AD VALOREM calculado sobre el valor FOB declarado, establecido en el citado artÃculo.

Art. 4

'º — NotifÃquese a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS que las operaciones de importación que se despachen a plaza de los productos descriptos en el ArtÃculo 2'º de la presente resolución, se encuentran sujetas al régimen de control de origen no preferencial en los términos de lo dispuesto por el ArtÃculo 2'º, inciso b) de la Resolución N'º' 763 de fecha 7 de junio de 1996 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. Asimismo se requiere que el control de las destinaciones de importación para consumo de las mercaderÃas alcanzadas por la presente resolución, cualquiera sea el origen declarado, se realice según el procedimiento de verificación previsto para los casos que tramitan por Canal Rojo de Selectividad. A tal efecto se verificará fÃsicamente que las mercaderÃas se corresponden con la glosa de la posición arancelaria por la cual ellas clasifican como también con su correspondiente apertura SIM, en caso de asà corresponder.

Art. 5

'º — El requerimiento a que se hace referencia en el artÃculo anterior, se ajustará a las condiciones y modalidades dispuestas por las Resoluciones Nros. 763/96 y 381 de fecha 1 de noviembre de 1996 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus normas complementarias y disposiciones aduaneras que las reglamentan.

Art. 6

'º — La presente resolución comenzará a regir a partir del dÃa siguiente al de su publicación en el BoletÃn Oficial y tendrá vigencia por el término de CINCO (5) años.

Art. 7

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Debóra Giorgi.

SecretarÃa de Gabinete MINISTERIO DE SALUD Resolución 25/2011

RatifÃcanse y homológanse cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Bs. As., 28/4/2011

VISTO el Expediente N'º' 2002-18798/2009-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD; el Decreto N'º' 1343 de fecha 4 de octubre de 2007, el Decreto N'º' 2098 y sus modificatorios, de fecha 3 de diciembre de 2008, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); la Resolución MS N'º' 2271 de fecha 17 de diciembre de 2010, y CONSIDERANDO:

Que por Decreto N'º' 1343/07, se aprobó la estructura de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD.

Que por Resolución MS N'º' 2271/10, se aprobaron las aperturas inferiores de la DIRECCION NACIONAL DE PREVENCION DE ENFERMEDADES Y RIESGOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE SALUD.

Que por ello, se hace necesario por el presente acto homologar y ratificar cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Función Ejecutiva correspondientes.

Que ha tomado...

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