Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 16 de Marzo de 2021

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2021
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita182/21
Número de CUIJ21 - 512828 - 2

T. 304 PS. 481/483

Santa Fe, 16 de marzo del año 2021.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la demandada contra la resolución n° 243 del 14.09.2018 dictada por la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, en autos "RESCHINI, ARMADO ALBERTO contra SENZACORE, S.L. -JUICIO EJECUTIVO- (EXPTE. 265/16)" (E.. C.S.J. CUIJ Nº: 21-00512828-2); y,

CONSIDERANDO:

Según surge de las constancias de la causa, la quejosa fue notificada del auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad el 09.10.2019 (f. 33) y presentó el recurso de queja ante la Secretaría Letrada de esta Corte en Rosario en fecha 22.10.2019 (según cargo N° 2237, obrante a f. 5), es decir, 8 días hábiles posteriores a la notificación -por parte de la Alzada- de la denegación del recurso de inconstitucionalidad.

De lo expuesto se colige que el presente recurso ha sido deducido extemporáneamente.

En efecto, teniendo en cuenta que se impugna una sentencia de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, la queja debió haber sido interpuesta, de acuerdo con el artículo 356 del Código Procesal Civil y Comercial al que específicamente remite el artículo 8 de la ley 7055, dentro del plazo de tres días hábiles posteriores a la notificación o, a lo sumo, en el "día de gracia"; pero entre la fecha de notificación de la resolución denegatoria del recurso de inconstitucionalidad y la fecha de presentación del recurso directo, transcurrió un plazo superior al previsto legalmente (arts. 356, 2do. Párrafo; art. 70 del Código Procesal Civil y Comercial; art. 13, ley 7055).

Se evidencia, entonces, que el presente recurso de queja ha sido deducido extemporáneamente, lo que conduce irremediablemente a su rechazo, sin necesidad de efectuar mayores consideraciones al respecto.

Por las razones expuestas, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Rechazar la queja interpuesta, por extemporánea.

R...

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