RES. GRAL 015/20

Número de registro30510
Fecha02 Marzo 2020
EmisorADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

SANTA FE, 18/02/2020

VISTO:

El Expediente Nº 13301-0305651-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes, y las disposiciones de la RG Nº 26/2019 – API.; y

CONSIDERANDO:

Que por la RG Nº 26/2019 - API se estableció el calendario de vencimientos impositivos para los tributos provinciales, entre ellos, los correspondientes a la Patente Única sobre Vehículos;

Que la citada resolución, en el artículo 1 – apartado C), fijó las cuotas y fechas de vencimientos en concepto de Patente Única sobre Vehículos para el año fiscal 2020;

Que se han presentado inconvenientes de orden técnico, ocasionando demoras en los tiempos planificados para la impresión de las boletas y su remisión a los Municipios y Comunas para su distribución;

Que esta situación ha incidido negativamente en los plazos establecidos para la culminación de dichas tareas, ocasionando que un porcentaje importante de los Municipios y Comunas no puedan hacer la distribución de las boletas de pago con la debida antelación respecto a las fechas de vencimientos;

Que atento a ello, resulta aconsejable extender el plazo para el pago de la 1ra. Cuota del año 2020 del impuesto Patente Única sobre Vehículos;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y cc. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que la Dirección General Técnica y Jurídica se ha expedido mediante el Dictamen Nº 050/2020 de fs. 09, no encontrando objeciones que formular;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º Considerar ingresados en término los pagos de la 1ra. Cuota del Año 2020 del impuesto Patente Única sobre Vehículos cuando los mismos se efectúen hasta el 10 de marzo de 2020.

ARTÍCULO 2º -Establecer que los pagos efectuados con posterioridad a la fecha mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, se considerarán fuera de término y los intereses se aplicarán desde las respectivas fecha originales de vencimiento.

ARTÍCULO 3º Regístrese, comuníquese por Newsletter Institucional a través de la Dirección General de Coordinación, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

S/C 30510 Mar. 2

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