REPRODUCE EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA SU SIMILAR 11.683 - PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-, ESTABLECIENDO QUE LA AFIP DEBERA PUBLICAR EN SU PAGINA WEB Y EN EL BOLETIN OFICIAL, LOS PLANES DE PAGO PARTICULARES. (REF. S. 691/16).

Fecha de presentación18 Abril 2018
Número de Iniciativa1173/18
ComisiónComisión de presupuesto y hacienda
Autor de la iniciativaRozas , Ángel
“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria
(S-1173/18)
Buenos Aires, 9 de abril de 2018
Señora
Presidente del
H. Senado de la Nación
Lic. Gabriela Michetti
S / D
De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a usted a los
efectos de solicitar autorice la reproducción del Proyecto de Ley de mi
autoría Expediente N° S-691-16 Proyecto de Ley modificando Ley
11.683 Procedimiento tributario, estableciendo que la AFIP deberá
publicar en su página web y en el Boletín Oficial los planes de pago
particulares, cuyo texto adjunto.
Saluda usted atentamente.
Ángel Rozas
PROYECTO DE LEY
El Senado y la Cámara de Diputados,…
Artículo 1°:Modifíquese el artículo 32 de la Ley N° 11.683, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
PRORROGA
“ARTICULO 32: Facultase a la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS para conceder facilidades para el pago de los
tributos, intereses y multas, incluso en casos particulares a favor de
aquellos contribuyentes y responsables que acrediten encontrarse en
condiciones económico-financieras que les impidan el cumplimiento
oportuno de dichas obligaciones.
Cuando los planes de facilidades de pago sean realizados en un caso
particular el organismo recaudador tendrá la obligación de publicar

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