Reparación histórica: a qué jubilados se les suspende el plan en octubre

El trámite podrá hacerse de manera presencial, telefónica o por Internet

Con sus haberes del mes de octubre, hay jubilados y pensionados que dejarán de percibir el monto adicional que en algún momento (en muchos casos, en los últimos meses de 2016) habían comenzado a cobrar por el plan de reparación histórica sin haber hecho ningún trámite en forma previa. Ello ocurrirá, según explicaron a LA NACION fuentes de la Anses , porque se trata de quienes no dieron su aval a esa recomposición hasta el 31 de agosto pasado, la fecha que se había dispuesto como límite para realizar el trámite. En el organismo también señalan que el adicional podrá restablecerse si la persona afectada firma el acuerdo que prevé la ley, aunque no se recuperarán los montos no cobrados por los períodos en los cuales el plan no estaba formalmente aceptado. A continuación, una guía para conocer cuáles son las diferentes situaciones que se plantean y los pasos a seguir si se pierde el cobro del beneficio y se busca recuperarlo.

-¿Qué es el plan de reparación histórica?

-Es el programa aprobado por la ley 27.260, de 2016, por el cual el Estado reconoce que se calcularon en forma deficiente los haberes iniciales de muchos jubilados o que se los actualizó en forma insuficiente (sobre todo en el período de 2002 a 2006). Todo esto, en función de los criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia. A partir de ese reconocimiento se dispuso hacer un recálculo de haberes y ofertas de pago para corregir esas situaciones. Al aceptarlas, las personas renuncian a los juicios que eventualmente tengan en trámite, o bien resignan la posibilidad de iniciar una demanda por reajuste de haberes. Inicialmente, el Gobierno señaló que serían más de 2 millones las personas alcanzadas; hasta ahora hay 1.333.868 millones de jubilaciones que fueron reajustadas por el plan (con subas que, en promedio son del 35%) y hay quienes todavía no recibieron una propuesta. La mayoría de quienes cobran un monto por este concepto son personas incluidas en los procedimientos de pago automático o anticipado.

-¿Qué son los pagos anticipados que tiene el sistema?

-El procedimiento general dispuesto por la ley exige que el jubilado exprese su aval a la oferta en la página web de la Anses, y que luego firme un acuerdo con el organismo, que es enviado a la justicia previsional en forma electrónica para su homologación. En muchos casos, sin embargo, por razones de edad, enfermedad o por la cuantía de la mejora...

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