Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 8 de Febrero de 2021, expediente FPA 005112/2017/CA001
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 5112/2017/CA1
la ciudad de Paraná, capital de la provincia de Entre Ríos, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil veintiuno, constituido el Tribunal con la Sra. Presidente,
Dra. B.E.A. y con los Jueces de Cámara,
Dra. C.G. y Dr. M.J.B., a fin de tratar el expediente caratulado: “RENIERO, L.L.
CONTRA ESTADO NACIONAL SOBRE SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y
DE SEGURIDAD”, expte. Nº FPA 5112/2017/CA1, proveniente del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay, en virtud del recurso de apelación deducido contra la sentencia de primera instancia, se someten a estudio las siguientes cuestiones:
PRIMERA CUESTIÓN: ¿Es justa la sentencia apelada?
SEGUNDA CUESTIÓN: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?
A LA PRIMERA DE LAS CUESTIONES PLANTEADAS, LA SRA.
JUEZ DE CÁMARA, DRA. B.E.A., DIJO:
I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido a fs.
57 por la parte demandada, contra la sentencia de fs. 53/55
vta. que, en lo que aquí interesa, hace lugar parcialmente a la demanda interpuesta, disponiendo el derecho de la actora a percibir las sumas dispuestas por la normativa invocada, en el caso de que no las hubiese percibido, con más intereses a tasa pasiva. Impone las costas a la parte demandada, difiere la regulación de honorarios y tiene presente la reserva del caso federal efectuada.
El recurso se concede a fs. 59, se expresan agravios en fecha 28/08/2020, los que son contestados el 10/09/2020 y quedan los presentes en estado de resolver.
Fecha de firma: 08/02/2021
Alta en sistema: 09/02/2021
Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.G.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA
II-
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Que la apelante impugna la imposición de costas a su parte. Considera que la sentencia acogió parcialmente lo requerido en el promocional, en tanto no admitió la incorporación de las sumas dispuestas por Decreto N°
1897/85 y Resolución N° 500/85 con carácter remunerativo a los haberes de la actora. Destaca, asimismo, la cuestión novedosa en análisis y solicita se impongan las costas en el orden causado.
-
Por su parte, la actora solicita se rechace el recurso interpuesto y se confirme el fallo dictado, con costas. Hace reserva del caso federal.
III- Que la actora, pensionada del Ejército Argentino-
ocurre a la jurisdicción y promueve demanda contra el Estado Nacional -Ministerio de Defensa- por cobro de pesos,
reajuste y/o regularización de haberes originados en la errónea liquidación del suplemento previsto en el decreto 1897/85 y en la Resolución 500 MD, solicitando su incorporación a sus haberes con carácter remunerativo y bonificable, con más el pago del retroactivo consecuente.
La Jueza a quo acogió...
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