Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL II, 20 de Febrero de 2019, expediente FCB 043772/2016/CA002

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA

SECRETARÍA CIVIL II – SALA B

Autos: “RENAUDI, S.C. Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL -

MINISTERIO DE DEFENSA - F.A.A. s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y

DE SEGURIDAD”

En la ciudad de Córdoba, a 20 días del mes de Febrero del año dos mil diecinueve, reunidos en Acuerdo de Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: “RENAUDI, S.C. Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL

- MINISTERIO DE DEFENSA - F.A.A. s/SUPLEMENTOS FUERZAS

ARMADAS Y DE SEGURIDAD” (Expte. N°: 43772/2016) venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en subsidio por los doctores L.D.A.G. y D.d.C.M., en contra del proveído dictado con fecha 24 de julio de 2018 por el Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba, en cuanto dispuso remitir las presentes actuaciones a la Cámara Federal de lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que proceda a sortear juzgado para su tramitación.

Puestos los autos a resolución de la Sala, los señores Jueces emiten su voto en el siguiente orden: L.N.A.G.S. TORRES- LUIS

ROBERTO RUEDA.

La señora J.a de Cámara, doctora L.N. dijo:

  1. Vienen los autos a resolución de la Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto en subsidio por los doctores L.D.A.G. y D.d.C.M., en contra del proveído dictado con fecha 24 de julio de 2018 por el Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba, en cuanto dispuso remitir las presentes actuaciones a la Cámara Federal de lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que proceda a sortear juzgado para su tramitación.

    Fecha de firma: 20/02/2019

    Alta en sistema: 15/03/2019

    Firmado por: EDUARDO BARROS, SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.N., PRESIDENTA DE SALA

    Señala el recurrente que con fecha 28.06.2018 interpuso recurso de reposición en razón de no haber cumplimentado el Tribunal con lo dispuesto por la Cámara, que imponía que el mismo regulara honorarios a cargo de la parte actora, por resultar victoriosa la demandada en el incidente. Sostiene que le causa agravio que se disponga la remisión del expediente a otra jurisdicción provocando que tenga que perseguir su derrotero por diferentes tribunales del país. Explica que el J. incumple la sentencia porque lo que la Cámara...

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