Remision de Expedientes

Fecha de Entrada en Vigor11 de Octubre de 2018
EmisorCorte Suprema de Justicia
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2018

REMISION DE EXPEDIENTES

El Sr. Juez en lo Penal de Sentencia Nro. 8 de Rosario, Dr. Edgardo Fertitta (en suplencia), Secretaria del Dr. Carlos Arturo Vila, hace saber que atento lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en Acuerdo Ordinario, mediante Acta N° 35 Pto. 10, de fecha 25 de Septiembre de 2018, referente a la Remisión de Expedientes del Sistema de Conclusión de Causas a los Organos del Nuevo Sistema Penal - Ley 13699 -, mediante las cuales se dispuso que aquellos expedientes que se encuentran actualmente en etapa plenaria deberán ser remitidos el 16.10.2018 a la Oficina de Gestión Judicial, con su respectivas documental y efectos secuestrados, si los hubiera, y que tramitarán conforme lo previsto en el artículo 1, segundo párrafo, de la Ley 13.699; debiendo, los Juzgados Residuales en lo Penal de Sentencia, remitir los expedientes y la documental completa de los mismos -si la tuviere-, y poner a disposición los efectos secuestrados -si los hubiere-. Que en relación a los expedientes que se encuentran en etapa plenaria, corresponde distinguir dos situaciones: 1. Aquellos expedientes en los que ya se ha ofrecido prueba, deberán seguir tramitando según su estado, a partir del 16.10.2018, de conformidad a las normas procesales que regularon el Sistema de Conclusión de Causas (Ley 12.912, 12734, 13.004 y concordantes). Lo harán en la Circunscripción Judicial y Distrito Judicial en las que fueran iniciadas por la Oficina de Gestión Judicial respectiva y entenderán los magistrados del Colegio de Jueces de Primera Instancia que fueran competentes territorialmente, debiendo priorizarse aquellos magistrados que venían entendiendo en el trámite de las mismas. 2. Aquellas causas en las cuales aún no se hubiera ofrecido prueba, deberán tramitarse por el sistema del juicio oral en...

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