REMATES / KUTTER CONRADO PATRICIO C/ MURUAGA GONZALO FABIAN S/ COBRO DE PESOS de

Fecha de Entrada en Vigor12 de Junio de 2019
Número de Boletín29511
Fecha de Publicación11 de Junio de 2019
Número de documento224751

Martillera Pública: Silvia Noemí Albornoz

POR 3 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Del Trabajo IV Nominación, a cargo de la Dra. Olga Yolanda Medina, Juez; Secretaria desempeñada por el Dr. Ricardo A. Bertolino, tramitan los autos caratulados: "KUTTER CONRADO PATRICIO c/ MURUAGA GONZALO FABIAN s/ COBRO DE PESOS", Expediente N° 1773/12-I1, en los cuales se ha dictado los presentes proveídos que se transcriben a continuación: San Miguel de Tucumán, 22 de mayo de 2019.-Al punto 1: Hágase constar que el domicilio donde deberá realizarse la medida es en el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Tucumán, sito en 9 de Julio N° 1005 de esta ciudad; Al punto 2: Publíquese edicto en el Boletín Oficial libre de derechos conforme se solicita.- 1773/12-I1 MVC.- "Fdo. Dra. Olga Yolanda Medina. Juez.- "San Miguel de Tucumán, 16 de mayo de 2019.- Atento lo solicitado y estado de la causa, sáquese a remate el inmueble embargado ubicado en calle Marcos Paz n° 1.436, planta baja, unidad 2, padron Inmobiliario n° 326977, Matricula Registral N-50562/2, la subasta se llevará a cabo por la martillera Silvia Noemí Albornoz M.P. n° 277, el día 19 de Junio de 2019, a hs.10:00 en calle combate de las piedras n° 383 de ésta ciudad, teniendo como base la suma de pesos $309.631, importe correspondiente a la valuación fiscal adjuntada en autos, dinero de contado y al mayor postor; estando a cargo del comprador la comisión del martillero (3%), ley de sellos (3%), deudas fiscales y por servicios al momento de la subasta el adquirente deberá hacer entrega del 10% del precio obtenido en concepto de seña; el saldo, una vez aprobado el remate (arts. 537 inc. 3 y 542 del C.P.C.). disponese que del importe obtenido de la subasta ordenada se retendrá el 1,5% en concepto del impuesto establecido en la resolución general n° 3026 de la D.G.I. y el 0,5%...

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