MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO MERCOSUR/CCM/ACTA Nº 01/11

Fecha de disposición20 Septiembre 2011
Fecha de publicación20 Septiembre 2011
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta32240

CXVIII REUNION DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR

Se realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los días 1 y 3 de marzo de 2011, la CXVIII Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, con la presencia de las Delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

Fueron tratados los siguientes temas:

  1. EVALUACION Y APROBACION DE LOS PROGRAMAS DE TRABAJO DE LOS ORGANOS DEPENDIENTES DE LA CCM, ART. 9 DE LA DEC. CMC Nº 59/00.

    La CCM aprobó el Programa de Trabajo para el año 2011 del CT Nº 1 “Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías”, CT Nº 2 “Asuntos Aduaneros” y CT Nº 5 “Defensa de la Competencia” (Anexo VII - MERCOSUR/CXVIII CCM/DT Nº 01/11).

    La CCM tomó conocimiento del Grado de Cumplimiento del Programa de Trabajo de 2010 del CT Nº 1, CT Nº 2, CT Nº 5 y CDCS (Anexo VIII - MERCOSUR/CXVIII CCM/DI Nº 01/11).

    Con respecto al Programa de Trabajo del CDCS para el año 2011, las delegaciones tratarán el tema en la próxima CCM.

    La CCM instruyó al CT Nº 3, CT Nº 6 y CT Nº 7 que eleven su Programa de Trabajo para el año 2011 de acuerdo a la Dec. CMC Nº 36/10.

    En lo que respecta al Programa de Trabajo del CT Nº 6 la CCM instruyó que el mismo contemple las pautas acordadas en la presente reunión (Anexo XVIII -MERCOSUR/CXVIII CCM/DT Nº 04/11).

    La CCM instruyó al CT Nº 7 incluir en su Programa de Trabajo lo referente en el Art. 3 punto 10 sobre la “Creación de un Sistema MERCOSUR de Defensa del Consumidor” dispuesto en la Dec. CMC Nº 64/10 “Estatuto de la Ciudadanía del MERCOSUR Plan de Acción”.

  2. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E INSTRUCCIONES A LOS COMITES TECNICOS

    2.1. CT Nº 1 “Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías”

    La CCM recibió el informe sobre los resultados de la CLIII Reunión Ordinaria del CT Nº 1, celebrada en Brasilia, entre los días 25 y 29 de octubre y la CLIV Reunión Ordinaria, celebrada en Brasilia, entre los días 29 de noviembre al 3 de diciembre de 2010.

    La CCM consideró la solicitud de Brasil de apertura y elevación del AEC para la NCM 8431.49.20 (“orugas”). El tema sigue en agenda.

    En atención a los plazos previstos en la Dec. CMC Nº 60/10, la CCM consideró la posibilidad de que el CT Nº 1 inicie los trabajos de apertura de códigos arancelarios específicos destinados a la clasificación de partes y piezas de juguetes.

    2.2. CT Nº 2 “Asuntos Aduaneros”

    La CCM recibió el informe sobre los resultados de la LXVI Reunión Ordinaria del CT Nº 2, celebrada en Curitiba, entre los días 22 al 26 de noviembre de 2010. De la misma formaron parte los Subcomités Técnicos de Informática, Procedimientos y el Control y Operatoria en Frontera con la participación de representantes de todos los organismos intervinientes en las Areas de Control Integrado.

    La CCM tomó nota del pedido del CT Nº 2 sobre la importancia de la participación en las reuniones del SCT-COF de representantes de los organismos de control en frontera de todos los Estados Partes. Teniendo en cuenta que esos organismos están presentes en diversos foros específicos del MERCOSUR (FEM, SGT Nº 5, SGT Nº 8, SGT Nº 11, entre otros), la CCM elevó al GMC la solicitud de que se propicie una mayor coordinación de los mismos con el CT Nº 2 en relación a la implementación de las Areas de Control Integrado.

    Por otra parte, la PPTP informó sobre la reunión extraordinaria de los Subcomités Técnicos de Informática y Procedimientos Aduaneros, celebrada en Asunción entre los días 21 al 25 de febrero de 2011, a fin de dar cumplimiento a las instrucciones y plazos establecidos en las Decisiones CMC Nº 17/10 y Nº 56/10.

    La CCM aprobó la Directiva CCM Nº 05/11 “Regímenes Especiales de Importación”. (ANEXO IV).

    Con relación al informe sobre el estado de implementación de las Areas de Control Integrado (actualización del informe especial de 2006) la Delegación de Uruguay se comprometió a remitir a la brevedad su posición.

    La Delegación de Brasil manifestó la posibilidad de utilizar los recursos FOCEM con el objetivo de mejorar la infraestructura de las Areas de Control Integrado de los Estados Partes.

    2.3. CT Nº 3 “Normas y Disciplinas Comerciales”

    La PPTP informó que convocará la próxima reunión del CT Nº 3 para los días 30 y 31 de marzo.

    La CCM instruyó al CT Nº 3 a considerar la pertinencia de la derogación de la Directiva CCM Nº 04/01.

    2.4. CT Nº 5 “Defensa de la Competencia”

    La CCM recibió el informe sobre los resultados de la LV Reunión Ordinaria del CT Nº 5 celebrada en Asunción el día 24 de febrero de 2011.

    La CCM instruyó al CT Nº 5 a considerar la conveniencia de la derogación de la Directiva CCM Nº 01/03.

    2.5. CT Nº 7 “Defensa del Consumidor”

    La CCM recibió el informe sobre los resultados de la LXIV Reunión Ordinaria del CT Nº 7 celebrada en San Pablo entre los días 8 y 9 de diciembre de 2010.

    2.6. Comité de Defensa Comercial y Salvaguardias (CDCS)

    La CCM recibió el informe sobre los resultados de la XLIX Reunión Ordinaria del CDCS celebrada en Brasilia el día 22 de noviembre de 2010.

  3. CONSULTAS

    3.1. Nuevas Consultas

    No se presentaron Nuevas Consultas.

    3.2. Consultas en Plenario

    NºTemaDeASituación05/07Trato discriminatorio en el cobro de aranceles para el registro sanitario de especialidades medicinales y para la inspección de laboratorioParArPendiente02/09Memo 80/2009 Departamento de Sanidad Vegetal (DSV) sobre prohibición de importación de cítricos de Argentina y de ParaguayArBrPendiente03/09Resolución Nº 1339/2009 de la Secretaría del Ambiente de la República de Paraguay referida a la prohibición de uso de Tripolifosfato de sodio en detergentes en polvoAr

    BrPyPendiente05/09Resolución Nº 134/09 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña Empresa (NCM 4821.10.00) etiquetas impresas de papel o cartón)BrArPendiente06/09Descalificación del Origen MERCOSUR de concentrados TU2101 y TU2102 producidos por la empresa Pinturas INCA S.AUyBrBrasil presentó Nota Técnica

    Pendiente07/09Licencias previas para la importación de Productos de Higiene Personal, Cosméticos, Perfumería y Productos Domisanitarios de Riesgo 1 y 2ArPyPendiente01/10Suspensión del IPI dispuesta por el Art. 29 de la Ley Nº 10.637ArBrConcluida insatisfactoriamente02/10Tratamiento tributario del IVA a frutas, flores y hortalizas en su estado naturalArUyUruguay presentó Nota Técnica Pendiente03/10Solicitud de revisión de medida adoptada por medio de la Resolución S.I.C y PYME Nº 34/2010, que determinó la descalificación de origen de los productos “Fibras de Poliéster”, clasificados en la NCM/SA 2007 5503.20.90 (NCM/SA 2002 5503.20.00), exportados por la Empresa M&G Fibras Brasil S.A. para ArgentinaBrArPendiente04/10Incorporación de la Resolución GMC Nº 46/06 “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Disposiciones para Envases, Revestimientos, Utensilios, Tapas y Equipamientos Metálicos en Contacto con Alimentos” al Ordenamiento JurídicoArUyUruguay presentó Respuesta Pendiente

  4. ORIGEN

    4.1. Decisión CMC Nº 16107 “Régimen de Origen MERCOSUR”

    La CCM acordó convocar un grupo de trabajo que se reúna en forma paralela a la próxima CCM para tratar el tema.

    4.2. Proyecto de Directiva “Suspensión de Requisitos Específicos de Origen a Paraguay y Uruguay”

    El tema continúa en Agenda de la CCM.

    4.3 Declaración de Necesidad en el ámbito del Art. 6 de la Decisión CMC Nº 01/04

    La Delegación de Uruguay informó que emitió una nueva Declaración de Necesidad a la luz del Art. 6 del Anexo de la Dec. CMC Nº 01/04 para el producto cajas y cartonaje, plegables, de papel o cartón sin corrugar, anexando la información que respalda dicha emisión (Anexo IX - RESERVADO - MERCOSUR/CXVIII CCM/DI Nº 02/11, en formato digital).

    La Delegación de Brasil reiteró su entendimiento de que el referido artículo no es auto aplicable, considerando que la emisión de Declaración de Necesidad esta condicionada a la reglamentación del Art. 6 del anexo de la Dec. CMC Nº 01/04.

    La Delegación de Uruguay por su parte reiteró su posición de que el Art. 6 del anexo se encuentra vigente y no requiere reglamentación para su aplicación.

  5. DECISION CMC Nº 54/04 “ELIMINACION DEL DOBLE COBRO DEL AEC Y DISTRIBUCION DE LA RENTA ADUANERA”

    5.1. Implementación de la primera etapa del Anexo de la Dec. CMC Nº 10/10

    La CCM recibió el Informe del grupo de trabajo que sesionó en forma paralela a la CCM, y se adjunta como Anexo XVI RESERVADO - MERCOSUR/CXVIII CCM/DT Nº 02/11 (formato digital).

    El grupo de trabajo se reunirá del 11 al 15 de abril en paralelo a la próxima CCM con la participación acotada de los técnicos de las áreas de...

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