La regulación de tasas de interés en los tribunales argentinos

AutorBarbero, Ariel E.

La regulación de tasas de interés en los tribunales argentinos

La intervención de los jueces para alterar el aspecto financiero de los contratos es una práctica que colisiona con las normas del derecho civil y orilla la arbitrariedad y el favoritismo

Por Ariel E. Barbero

Cualquier abogado lo sabe bien: una cosa es la tasa estipulada en un contrato, y otra (generalmente muy distinta) es la que se puede cobrar reclamando en los tribunales. No me refiero al caso de la insolvencia del deudor, que puede frustrar tanto el cobro de los intereses como del capital. Ocurre muchas veces, sin embargo, que no es el deudor o su insolvencia lo que impide el cobro de los intereses, sino el juez.

Tampoco me refiero al caso en que se investiga y se prueba que el acreedor se aprovechó de la situación del deudor para hacerle aceptar tasas notoriamente alejadas de las de plaza. De lo que trata esta nota es del supuesto más común en los tribunales, es decir, que el juez modifique la tasa que fija el contrato simplemente porque le parece muy alta.

Los jueces rechazan muy a menudo el reclamo judicial del interés, y reducen la tasa del contrato por otra más baja. Para tener una idea de la magnitud del fenómeno hay que advertir que esto no es algo ocasional o raro, sino que se hace en cientos de juicios todos los días, incluso sin que lo pida el deudor. La reducción de tasas es tan común, que muchos juzgados usan formularios impresos, o modelos de computadoras, para acelerar la abrumadora tarea de alterar tantos contratos.

Los límites de origen judicial son mucho más drásticos que los de la ley de tarjetas de crédito 25.065. Esta ley sólo impide que la tasa aplicada a la tarjeta supere en cierta medida a las de créditos personales. No es tanto un límite a la tasa sino a la diferencia entre las tasas. La disposición no ha tenido demasiado efecto en los juicios, pues los tribunales ya antes de la ley aplicaban límites a la tasa. Y no sólo a las tarjetas de crédito, sino a todo contrato.

Puede preguntarse el lector ¿cómo puede ser que los tribunales intervengan modificando contratos de modo mucho más radical que la ley? Los tribunales han invocado diversos tipos de argumentos para apoyar su intervención sobre las tasas pactadas en los contratos.

1. Motivos económicos

A poco de dictada la ley de convertibilidad en el año 1991, la Corte Suprema nacional dictó varias sentencias en las que postuló que reducir la tasa de interés...

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