Régimen Electoral

AutorEdgardo Scotti
Páginas81-82
CAPITULO V
A. REGIMEN ELECTORAL
SECCION II: ARTS. 58 A 66
1. EJERCICIO DE
LOS DERECHOS POLITICOS
La Sección Segunda referida al régimen electoral presenta
dos novedades: la inclusión del artículo 59 sobre el ejercicio de los
derechos políticos (que reemplaza al anterior art. 46) y la supre-
sión del previo artículo 53 que prohibía el voto de militares,
agentes de policía, bomberos y guardiacárceles.
Se atribuye el derecho a sufragar a los extranjeros en las
condiciones que determine la ley. A este respecto el artículo 212
(de las disposiciones transitorias) determina que el voto de los
extranjeros se hará efectivo en un plazo no superior a dos años
contados desde la sanción de la reforma (1).
Los partidos políticos reciben expreso reconocimiento, ga-
rantizándose su organización y funcionamiento democrático, la
representación de las minorías, la competencia exclusiva para la
postulación de los candidatos a cargos públicos electivos, el
acceso a la información pública y a la difusión de sus ideas.
(1) Un amplio ensayo sobre los sistemas electorales y su regulación en el ámbito nacional y
provincial se aprecia en dos artículos publicados por Cueli, Hugo O.:
El régimen institucional
y electivo en el derecho público argentino
y
El régimen institucional y electivo en la provincia
de Buenos Aires
, en La Ley (Sección Actualidad), ediciones de los días 11/8/94, 16/8/94, 15/
9/94 y 22/9/94. En el último de los trabajos citados se incluyen interesantes datos y cuadros
estadísticos acerca de la composición de cada sección electoral bonaerense.

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