Régimen de coparticipación federal de impuestos, derecho intrafederal y los nuevos estándares en las relaciones fiscales intergubernamentales a partir de la reforma constitucional de 1994

AutorCristian Altavilla
Páginas1-10
Altavilla, Régimen de coparticipación federal de impuestos, derecho
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Régimen de coparticipación federal de impuestos,
derecho intrafederal y los nuevos estándares
en las relaciones fiscales intergubernamentales
a partir de la reforma constitucional de 1994*
Por Cristian Altavilla
1. La práctica institucional del pactismo fiscal en Argentina
La federación argentina tiene una larga tradición en materia de pactos y acuerdos
interjurisdiccionales; su origen mismo se basa en los pactos preexistentes que la pro-
pia Constitución Nacional menciona en su Preámbulo1. Esta práctica ha caracterizado
las relaciones fiscales intergubernamentales en Argentina desde 1935, cuando se
sanciona el primer régimen de coparticipación federal de impuestos.
La coexistencia de múltiples niveles de gobierno en un Estado federal exige ne-
cesariamente de la presencia de instrumentos que posibiliten y faciliten las relaciones
intergubernamentales, en busca de la convergencia de voluntades que tiendan a la
coordinación de materias cuya titularidad pertenece en común a ambos niveles (na-
cional y subnacional). Se habla de “instrumentos” porque la naturaleza dinámica de la
forma de Estado federal necesita de herramientas que le permitan avanzar hacia for-
mas más eficaces y eficientes de organización y coordinación a efectos de alcanzar
los objetivos y finalidades propuestas a la hora de formular y ejecutar políticas públi-
cas2. Estos instrumentos son los que estructuran y permiten el desenvolvimiento de
las tres relaciones típicas del federalismo: la de subordinación, la de participación y la
de coordinación3 y posibilitan la materialización de los tres principios básicos de la
relación federal: solidaridad, participación y subsidiariedad4.
Estos instrumentos se materializan de diferentes maneras, y reciben distintas
denominaciones: pacto, tratado, convenio, convención, acuerdo, consenso, ley-con-
venio, pero son todos sinónimos según la Corte Suprema de Justicia de la Nación
(CSJN), ya que significan “acuerdo para reglar o reglamentar intereses”5.
La ley-convenio “conjuga dos voluntades: la del Estado federal que la dicta, y la
de cada provincia que se integra al régimen por ella estatuido. Es –en la terminología
trialista de Goldschmidt– un reparto autónomo”6. Son acuerdos interjurisdiccionales
mixtos, con un particular modo de celebración, tendientes a regular y coordinar
* Bibliografía recomendada.
1 Véase HERNÁNDEZ, Antonio M., Federalismo argentino, en HERNÁNDEZ, Antonio M. - BARRERA
BUTELER, Guillermo (coord.), “Derecho público provincial”, Bs. As., Abeledo-Perrot, 2011, p. 23 a 53.
2 ALTAVILLA, Cristian, Acuerdos interjurisdiccionales en materia tributaria: El pactismo fiscal (1°
parte), “Periódico Económico Tributario”, año XVII, n° 420, 12/6/09.
3 BIDART CAMPOS, Germán, Manual de la Constitución reformada, t. I, Bs. As., Ediar, 1998.
4 BARRERA BUTELER, Guillermo, Provincias y Nación, Bs. As., Ciudad Argentina, 1996.
5 Fallos, 2:88; 105:439; 114:150 y 139:42 (citados por BARRERA BUTELER, p. 321).
6 BIDART CAMPOS, Germán, Leyes contrato y derecho provincial, ED, 1979-363.

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